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El Tribunal Supremo, en su sentencia 304/2025, ha confirmado la pena de 5 años y 6 meses de prisión impuesta a un hombre por un delito continuado de estafa agravada, tras aprovecharse de 22 personas mayores a las que engañó en cajeros automáticos para sustraerles sus tarjetas y claves PIN.
🧓🏽 Las víctimas, personas de edad avanzada, eran abordadas mientras realizaban operaciones bancarias. El condenado simulaba fallos en los cajeros y conseguía las tarjetas y contraseñas, que luego usaba para extraer dinero de forma inmediata. La cuantía estafada supera los 26.000 euros.
El Alto Tribunal respalda que el engaño fue suficientemente elaborado para inducir a error, especialmente tratándose de personas vulnerables, y que el delito reviste especial gravedad por:
- Su reiteración sistemática a lo largo de más de un año.
- La existencia de 22 víctimas distintas, lo que justifica la aplicación del subtipo agravado del artículo 250.1.5.º del Código Penal.
- El uso de disfraz y ocultación (gafas, gorros, mascarilla) para dificultar su identificación.
🚫 Además, el Supremo rechaza que pueda culparse a las víctimas por «falta de autoprotección», recordando que el deber de cautela no exige una desconfianza extrema, y que el sistema penal debe proteger especialmente a colectivos vulnerables.
📚 Esta sentencia es un ejemplo claro de cómo el Derecho Penal actúa para salvaguardar la seguridad de nuestros mayores frente a fraudes diseñados con frialdad y reiteración.
🔹 En Luis Ferrer Abogado trabajamos para que la justicia alcance a quienes cometen este tipo de delitos, y defendemos los derechos de quienes sufren daños como consecuencia de conductas planificadas, reiteradas y especialmente lesivas.
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