⚖️ Cuando la salud mental gana en los tribunales: la inestabilidad emocional también es incapacidad permanente absoluta

🧠 Introducción
Tradicionalmente, las enfermedades físicas han acaparado el protagonismo en los procedimientos de incapacidad permanente. Sin embargo, la reciente jurisprudencia está corrigiendo este desequilibrio y otorgando a las enfermedades mentales —en especial, aquellas que afectan a la estabilidad emocional— el mismo reconocimiento jurídico a efectos de incapacidad permanente absoluta. Una de las resoluciones más recientes de los tribunales así lo ha confirmado, marcando un importante precedente.

📌 ¿Qué es la incapacidad permanente absoluta?
Se trata de aquella situación en la que un trabajador, como consecuencia de una enfermedad o accidente, queda inhabilitado de forma definitiva para realizar cualquier profesión u oficio. A diferencia de la incapacidad permanente total (que impide el desarrollo de la profesión habitual), la absoluta implica una limitación completa.

🔍 El caso: una docente incapacitada por inestabilidad emocional
En una sentencia pionera, un tribunal ha reconocido la incapacidad permanente absoluta a una profesora de 44 años aquejada de graves trastornos emocionales y cognitivos. El fallo se apoya en informes médicos que advierten de la imposibilidad de mantener un desempeño laboral, pero también de una grave afectación para la vida cotidiana de la afectada.

El tribunal valoró no solo la sintomatología psiquiátrica (ansiedad, depresión, desregulación afectiva), sino el impacto global en la funcionalidad personal y laboral de la docente, quien incluso necesitaba seguir tratamiento en un hospital de día.

📖 Claves jurídicas del reconocimiento

  1. Primacía del criterio funcional sobre el diagnóstico: No importa tanto el nombre de la enfermedad como el grado en que limita la capacidad del individuo para trabajar.
  2. Reconocimiento de la salud mental como causa suficiente: Se rompe el prejuicio de que solo las dolencias físicas pueden justificar la incapacidad absoluta.
  3. Valoración de la necesidad de tratamiento hospitalario continuado: La dependencia de apoyo institucional permanente refuerza la condición de incapacidad absoluta.
  4. Importancia del informe médico multidisciplinar: Psiquiatras, psicólogos y médicos de familia aportaron una visión integral de la afectada, imprescindible para el fallo.

Conclusión
Esta sentencia supone un importante avance en la protección de quienes sufren enfermedades mentales graves. Reconoce que la salud mental es salud, y que su deterioro puede ser tan incapacitante —o más— que el físico. También reafirma que el sistema legal debe adaptarse a los cambios sociales y científicos, incorporando una visión más inclusiva y actual de la discapacidad.

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