ACTUALIDAD JUDICIAL
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado a un año de cárcel y al pago de una multa de 450 euros a una mujer por amenazar a través de la red social Instagram a la expareja de su compañero sentimental y, unas horas después, agredirla. En concreto, el tribunal le ha impuesto, por el delito leve de amenazas, el pago de 90 euros; y, por los dos delitos de lesiones, uno de ellos leve y otro imprudente con pérdida de órgano no principal, en este caso, el bazo, un año de prisión y el abono de 360 euros. “El hecho de propinar un puñetazo en el rostro, con tal contundencia que provoca la caída al suelo, supone la creación de un riesgo muy elevado”, destacan los magistrados.
En la sentencia, consideran probado que la acusada, el 9 de febrero de 2020, mantuvo conversaciones con la víctima a través de Instagram, durante las que profirió amenazas contra ella, las cuales fueron “el detonante” de la posterior agresión. Como consecuencia del conflicto, al encontrarse de madrugada cerca de un pub, la sospechosa, según la sentencia, “le propinó un fuerte puñetazo en la cara, a la altura del pómulo izquierdo, lo que provoco su caída al suelo, donde quedó aturdida”. La Sala considera que no se ha acreditado que, una vez en el suelo, la acusada le hubiera propinado más golpes en el abdomen o en otras partes del cuerpo. Los jueces indican que así lo afirma la testigo presencial de los hechos, al tiempo que recalcan que “no se estiman creíbles las ahora contundentes afirmaciones de la perjudicada y de su madre acerca de la existencia de más golpes, cuando en los momentos iniciales, con mayor espontaneidad, no mostraron tal contundencia, aludiendo solo a un impacto en el rostro y posterior caída, que generó un estado de seminconsciencia”. Además, resaltan que su conclusión también está avalada por los informes médicos
Fuente de la noticia: «www.poderjudicial.es»