ARTICULO DE OPINION
Un empleado de una empresa ha sido despedido después de que su empleador descubriera que estaba participando en eventos taurinos mientras se encontraba de baja laboral por ansiedad. El trabajador, que había presentado una baja médica debido a problemas de salud mental, fue visto prestando servicios en varios espectáculos taurinos durante el periodo de su incapacidad temporal.
El caso ha generado debate sobre los límites de las actividades permitidas a un trabajador durante una baja por enfermedad. El despido se fundamenta en la supuesta vulneración de la buena fe contractual, dado que el trabajador, aunque en situación de baja, estaba realizando actividades que implican esfuerzo físico y emocional, lo que podría poner en duda la autenticidad de su estado de salud o, al menos, su incapacidad para desarrollar sus funciones laborales.
El Tribunal Supremo ha establecido en varias ocasiones que realizar actividades incompatibles con la baja médica, o que demuestren que el trabajador está apto para trabajar, puede justificar un despido disciplinario. No obstante, este tipo de despidos debe ser evaluado con rigor, ya que no todas las actividades extralaborales son causa de despido. La clave en este tipo de procedimientos es demostrar que las actividades realizadas son contrarias a la recuperación del trabajador o que pueden reflejar un engaño hacia la empresa.
El trabajador podría impugnar el despido alegando que la participación en estos eventos no interfiere con su recuperación, pero la empresa mantiene que ha perdido la confianza en su empleado debido a la incoherencia entre su baja médica y las actividades que realizaba. Este caso se resolverá previsiblemente en los tribunales laborales, donde se determinará si el despido es procedente, improcedente o nulo, dependiendo de las pruebas presentadas por ambas partes.
Luis Ferrer. Abogado