ARTICULO DE OPINION
El Tribunal Supremo de España ha resuelto diversas cuestiones relacionadas con el teletrabajo, un fenómeno cada vez más común, sobre todo tras la pandemia. A continuación, se exponen diez sentencias clave que ayudan a delimitar los derechos y obligaciones de las partes implicadas en esta modalidad laboral.
- Sentencia sobre averías técnicas y tiempo de trabajo
Una sentencia reciente del Tribunal Supremo (TS) ha determinado que el tiempo en el que un teletrabajador no puede prestar servicios debido a averías técnicas o problemas similares debe ser considerado tiempo de trabajo efectivo, y no tiempo de descanso. Esto ratifica que la responsabilidad por las condiciones de trabajo, incluidas las herramientas necesarias para teletrabajar, recae sobre el empleador. En consecuencia, si el empleado no puede realizar sus tareas debido a fallos ajenos a su control, este tiempo no puede descontarse ni considerarse descanso. - Desconexión digital
Otro fallo importante del TS reafirma el derecho a la desconexión digital. Se reconoció que los teletrabajadores tienen derecho a no ser contactados fuera de su jornada laboral habitual. Esto es especialmente relevante en situaciones donde el límite entre la vida personal y profesional puede desdibujarse al trabajar desde casa. - Teletrabajo y conciliación familiar
En una sentencia vinculada con la conciliación familiar, el tribunal determinó que el teletrabajo debe facilitar el equilibrio entre la vida laboral y personal. Se falló a favor de una trabajadora que solicitó teletrabajar debido a sus responsabilidades familiares. El TS señaló que la negativa empresarial carecía de justificación razonable, lo que infringe el derecho de conciliación protegido constitucionalmente. - Medición de la productividad en teletrabajo
En un caso relacionado con el control de la productividad, el Tribunal Supremo dictaminó que las empresas pueden implementar sistemas de seguimiento de rendimiento de los empleados teletrabajando, siempre que respeten los derechos fundamentales, como el derecho a la intimidad y protección de datos. Se estableció que estos controles deben ser proporcionales y transparentes. - Prevención de riesgos laborales
Una de las sentencias más relevantes en materia de teletrabajo es aquella que subraya la obligación de la empresa de garantizar la seguridad y salud del teletrabajador. Se confirmó que el empleador debe realizar evaluaciones periódicas de riesgos, incluso cuando el trabajador desempeñe su actividad desde su domicilio. - Equipamiento y compensación de gastos
En una sentencia sobre el suministro de equipo y gastos, el TS concluyó que las empresas deben proporcionar a los teletrabajadores las herramientas necesarias para su actividad (ordenadores, conexión a internet, etc.), o bien compensar económicamente a los empleados si estos utilizan sus propios recursos. - Modificación unilateral del teletrabajo
Otro pronunciamiento clave es el relativo a la imposibilidad de modificar unilateralmente las condiciones del teletrabajo. En este caso, el Tribunal reafirmó que las empresas no pueden alterar las condiciones pactadas de teletrabajo sin el consentimiento del trabajador, salvo que exista una causa justificada que lo permita. - Derecho a la formación
Una sentencia subraya que los teletrabajadores tienen los mismos derechos a la formación que los empleados presenciales. En este caso, el Tribunal Supremo condenó a una empresa por no proporcionar acceso a cursos de formación, argumentando que la modalidad de trabajo no debe limitar los derechos del empleado. - Teletrabajo y retribución variable
En un fallo que abordaba la retribución variable de un teletrabajador, el Tribunal Supremo determinó que el cambio de modalidad a teletrabajo no puede suponer una disminución en la compensación variable, siempre que los objetivos y los resultados se mantengan dentro de lo pactado. - Movilidad geográfica y teletrabajo
Finalmente, en un caso que involucraba la movilidad geográfica de un teletrabajador, el TS decidió que, salvo que exista una cláusula específica, la empresa no puede exigir al teletrabajador que se desplace a la sede corporativa con la misma regularidad que los trabajadores presenciales.
Conclusión
El Tribunal Supremo ha sido clave para regular las implicaciones del teletrabajo en España, garantizando que los derechos laborales se mantengan protegidos y adaptados a las nuevas realidades tecnológicas. Las sentencias han delineado un marco de protección que asegura que esta modalidad de trabajo no perjudique a los empleados en cuanto a sus derechos fundamentales y condiciones laborales.
Luis Ferrer. Abogado