Sentencia del Tribunal Supremo STS 1151/2024: Protección de la Víctima y Límites a la Nulidad del Juicio Oral

ARTICULO DE OPINION

El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia de gran relevancia en materia de delitos contra la libertad sexual y garantías procesales. La STS 1151/2024, de 18 de diciembre, confirma la condena de seis años y seis meses de prisión por un delito de agresión sexual, resolviendo un recurso de casación en el que se alegaban deficiencias en la grabación del juicio y una supuesta vulneración de la presunción de inocencia.

Esta decisión no solo reafirma la validez del testimonio de la víctima como prueba suficiente, sino que también establece criterios importantes sobre los requisitos para declarar la nulidad de un juicio oral y la aplicación de la reforma introducida por la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual.


1. Antecedentes del Caso

El acusado fue condenado por la Audiencia Provincial de Madrid por un delito de agresión sexual con intimidación (arts. 178 y 179 del Código Penal). Durante la agresión, utilizó un cuchillo para intimidar a la víctima, lo que se tuvo en cuenta en la individualización de la pena.

La defensa presentó recurso de apelación, que fue desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ). Posteriormente, interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, alegando los siguientes puntos:

  1. Nulidad del juicio oral por defectos en la grabación, que dificultaban la revisión en apelación.
  2. Vulneración de la presunción de inocencia, al considerar que la prueba principal fue solo el testimonio de la víctima.
  3. Error en la individualización de la pena, solicitando la aplicación retroactiva de la LO 10/2022, que modificó el marco penal de los delitos sexuales.

2. Análisis de la Sentencia

A) Nulidad del Juicio Oral por Deficiencias en la Grabación

El recurrente argumentó que la grabación del juicio era de mala calidad, impidiendo preparar correctamente el recurso de apelación.

El Tribunal Supremo rechazó la nulidad, señalando que:

✔ La grabación era audible, aunque con dificultad, por lo que no se produjo una indefensión material real.
✔ La nulidad de un juicio solo procede si hay una imposibilidad total de audición, lo que no ocurrió en este caso.
✔ La defensa no concretó qué aspectos específicos de la sentencia no pudieron ser revisados debido a la deficiencia técnica.

🔹 Conclusión: Se reafirma que la nulidad de un juicio por problemas en la grabación solo procede si hay una indefensión clara y demostrable, no por simples dificultades técnicas.


B) Presunción de Inocencia y Valor del Testimonio de la Víctima

El condenado alegó que su culpabilidad se basó únicamente en la declaración de la víctima, sin pruebas adicionales.

El Tribunal Supremo reiteró su jurisprudencia consolidada sobre los delitos sexuales:

El testimonio de la víctima puede ser prueba suficiente para condenar, siempre que sea:

  • Coherente y persistente en el tiempo.
  • Sin contradicciones esenciales.
  • Corroborado por otros indicios (en este caso, lesiones compatibles con la agresión).
    ✔ El tribunal de instancia analizó correctamente la credibilidad de la víctima y su testimonio fue validado por el TSJ.

🔹 Conclusión: Se reafirma que la declaración de la víctima, correctamente valorada, puede ser prueba única y suficiente para una condena en casos de agresión sexual.


C) Aplicación de la LO 10/2022 y Revisión de la Pena

El recurrente pidió una reducción de la pena, argumentando que la reforma del Código Penal estableció penas más bajas para los delitos sexuales.

El Tribunal Supremo resolvió que:

La pena impuesta (6 años y 6 meses) sigue dentro del nuevo margen legal de la LO 10/2022 (que ahora prevé penas de 4 a 8 años).
✔ No procede una rebaja automática de pena cuando la impuesta se encuentra dentro del nuevo marco penal.
✔ Se valoró que el acusado utilizó un cuchillo para intimidar a la víctima, lo que justificó una pena superior al mínimo.

🔹 Conclusión: La revisión de penas por la LO 10/2022 no es automática y solo se concede si la pena impuesta supera el nuevo límite máximo legal, lo que no ocurrió en este caso.


3. Trascendencia de la Sentencia

🔹 Protección de la Víctima y Valor de su Testimonio

Este fallo reafirma la doctrina del Tribunal Supremo sobre la validez del testimonio de la víctima como prueba suficiente en delitos de agresión sexual, garantizando su protección y evitando impunidad en delitos que suelen cometerse sin testigos.

🔹 Límites a la Nulidad del Juicio por Fallos Técnicos

El Tribunal Supremo deja claro que los defectos técnicos en la grabación no son motivo suficiente para la nulidad si no generan una indefensión material real. Esto evita el uso abusivo de la nulidad como estrategia dilatoria.

🔹 Claridad sobre la Aplicación Retroactiva de la LO 10/2022

La sentencia refuerza el criterio de que la reforma penal no implica una reducción automática de penas y que cada caso debe analizarse individualmente.


4. Conclusión

La STS 1151/2024 es un fallo clave que refuerza la protección de las víctimas de delitos sexuales y evita el uso abusivo de la nulidad del juicio. Además, fija criterios claros sobre la aplicación de la LO 10/2022 y la presunción de inocencia, garantizando un equilibrio entre la defensa de los acusados y la protección de los derechos de las víctimas.

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