ARTICULO DE OPINION
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia relevante en materia de empleo público, al anular el cese de una funcionaria interina hasta que su plaza sea cubierta de forma legal y reglamentaria. La decisión responde a una problemática recurrente en la Administración Pública: la finalización del nombramiento de personal interino sin que se garantice la efectiva provisión del puesto.
Los Hechos del Caso
La afectada, una trabajadora interina en la Administración gallega, fue cesada bajo el argumento de que su plaza había sido convocada en un proceso selectivo. Sin embargo, la realidad es que el puesto no fue cubierto por ninguno de los aspirantes que superaron el proceso, lo que dejaba vacante la plaza sin una cobertura efectiva. Ante esta situación, la trabajadora recurrió la decisión administrativa, alegando vulneración de sus derechos laborales y administrativos.
El Pronunciamiento del TSXG
El TSXG, al analizar el caso, estableció que el cese de la interina no podía ser ejecutado hasta que la Administración cumpliera con los requisitos legales y reglamentarios para la cobertura del puesto. En su resolución, el tribunal destacó que el hecho de que la plaza haya sido convocada en un proceso selectivo no es, por sí solo, suficiente para justificar el cese, sino que es necesario que se produzca efectivamente la ocupación del puesto conforme a los procedimientos establecidos.
La sentencia subraya la obligación de la Administración de respetar los principios de legalidad y seguridad jurídica en la gestión del personal, evitando ceses que dejen sin cobertura plazas esenciales en los servicios públicos.
Fundamentos Jurídicos
La decisión del TSXG se fundamenta en el derecho administrativo y laboral, en especial en los siguientes principios y normativas:
- Principio de continuidad del servicio público: La Administración tiene la obligación de garantizar la prestación de los servicios públicos, lo que implica evitar ceses que generen vacíos en la estructura administrativa.
- Estabilidad en el empleo del personal interino: Si bien los interinos no cuentan con la misma estabilidad que los funcionarios de carrera, su cese debe estar debidamente justificado y no puede producirse de manera arbitraria o sin garantías.
- Normativa sobre interinidad en el sector público: La jurisprudencia y la normativa aplicable establecen que la interinidad debe mantenerse hasta que la plaza sea ocupada de manera efectiva mediante los procedimientos reglamentarios.
Implicaciones de la Sentencia
La resolución del TSXG tiene importantes consecuencias tanto para la Administración como para el personal interino:
- Refuerzo de los derechos de los interinos: La sentencia protege a los trabajadores interinos de ceses injustificados, reforzando su derecho a permanecer en el puesto hasta que la Administración cumpla con los requisitos normativos para su sustitución.
- Obligación de la Administración de actuar con diligencia: La Administración debe garantizar que los procesos de selección y cobertura de plazas se realicen de manera efectiva y conforme a la normativa, evitando la supresión arbitraria de puestos de trabajo.
- Precedente para futuros casos similares: Esta decisión puede ser utilizada en otros litigios en los que interinos sean cesados sin que sus puestos sean ocupados de forma legal y reglamentaria, fortaleciendo la posición de los afectados en estos casos.
Conclusión
El fallo del TSXG representa un avance en la protección de los derechos del personal interino, estableciendo que la Administración no puede cesar a estos trabajadores sin garantizar previamente la cobertura efectiva de sus plazas. Esta sentencia reafirma la necesidad de que la Administración actúe conforme a los principios de legalidad y seguridad jurídica en la gestión del empleo público, asegurando la continuidad de los servicios y la protección de los derechos de los trabajadores.
Para quienes se encuentren en una situación similar, es recomendable contar con asesoramiento jurídico especializado para impugnar decisiones administrativas que puedan vulnerar sus derechos laborales.
Luis Ferrer. Abogado