El tribunal considera procedente la extinción del contrato por abandono de funciones y amenazas a la familia del difunto
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
Una reciente sentencia ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un conductor de una empresa funeraria que, durante el traslado de los restos mortales de un fallecido, interrumpió el servicio para acudir a un bar y, además, coaccionó a la familia exigiendo un pago inmediato, bajo la amenaza de no continuar con el traslado al tanatorio.
El tribunal ha considerado que la conducta del trabajador supone una transgresión grave de la buena fe contractual, así como un abandono injustificado de sus funciones, vulnerando los deberes esenciales inherentes a su puesto.
1️⃣ Los hechos: interrupción del servicio funerario y exigencia de pago
🔹 El trabajador, conductor de una furgoneta funeraria, tenía encomendada la tarea de trasladar el cuerpo de una persona fallecida desde el domicilio familiar hasta el tanatorio.
🔹 Durante el trayecto, se desvió voluntariamente para detenerse en un establecimiento hostelero, dejando el vehículo fúnebre estacionado con el cadáver en su interior.
🔹 Posteriormente, contactó con los familiares del difunto para exigir el abono inmediato de un importe, advirtiendo que de lo contrario no completaría el traslado.
📌 Conclusión: La empresa consideró estos hechos una falta muy grave y procedió al despido inmediato del trabajador por motivos disciplinarios.
2️⃣ Fundamentación jurídica del despido procedente
La sentencia confirma que el comportamiento del empleado vulnera de forma flagrante lo dispuesto en el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores, que califica como causa de despido:
✅ La transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
✅ El abandono injustificado del puesto, especialmente cuando compromete la dignidad del servicio o el respeto a terceros.
✅ Las amenazas o coacciones a clientes o familiares, que afectan gravemente la imagen de la empresa y la confianza del público.
📌 El tribunal destaca que la actividad funeraria exige especial respeto, profesionalidad y sensibilidad, por lo que la conducta del empleado resultó especialmente reprobable.
3️⃣ Inexistencia de atenuantes ni justificación válida
Durante el proceso, el trabajador alegó motivos personales y estrés emocional, pero:
✔️ No se acreditó ningún estado de necesidad ni causa externa que justificara la detención en el bar.
✔️ La exigencia de un pago inmediato, bajo amenaza de no prestar el servicio, fue considerada una intimidación intolerable en el marco del vínculo laboral.
✔️ Tampoco existió arrepentimiento ni reparación del daño, lo que reforzó el carácter grave de la falta.
4️⃣ Relevancia del caso en la jurisprudencia laboral
Este caso se enmarca dentro de una línea consolidada de la jurisprudencia que considera causa justa de despido aquellas conductas que:
🔸 Supongan un quebrantamiento grave de los deberes profesionales.
🔸 Comprometan la imagen y reputación de la empresa.
🔸 Afecten al derecho de terceros, como los clientes o sus familiares, en situaciones especialmente delicadas.
Conclusión
La sentencia que confirma el despido de un conductor de funeraria por detenerse en un bar durante un traslado fúnebre y amenazar a la familia del fallecido reafirma la importancia de la ética profesional y el respeto en servicios de especial sensibilidad. El tribunal subraya que la confianza y la dignidad no pueden ser quebrantadas sin consecuencias jurídicas, y que el despido disciplinario está plenamente justificado ante estos comportamientos.
Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que la buena fe contractual es un pilar esencial en cualquier relación laboral, y que la negligencia o la deslealtad en el trabajo pueden derivar en la extinción del contrato sin derecho a indemnización.
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