El tribunal acredita una red de explotación sexual en pisos de Ferrol y Narón, donde las víctimas eran sometidas a control, amenazas y condiciones degradantes
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La Audiencia Provincial de A Coruña ha dictado una de las penas más severas impuestas en la jurisdicción penal gallega por delitos de trata de seres humanos, inmigración ilegal, tráfico de drogas y explotación sexual. Cada uno de los miembros de un matrimonio ha sido condenado a 53 años y 11 meses de prisión, por dirigir una red dedicada a captar mujeres extranjeras, introducirlas irregularmente en España y explotarlas sexualmente en pisos de Ferrol y Narón.
El tribunal considera probado que los condenados obtenían beneficios económicos significativos a través de esta actividad delictiva, en la que las víctimas vivían bajo amenazas, vigilancia constante y dependencia económica y psicológica.
1️⃣ Captación, traslado y explotación de mujeres extranjeras
🔹 El matrimonio organizaba la captación de mujeres en países de origen, principalmente en situación de vulnerabilidad.
🔹 Facilitaban su entrada irregular en España, donde eran alojadas en viviendas controladas por los acusados.
🔹 Una vez allí, eran obligadas a ejercer la prostitución, bajo condiciones impuestas por los procesados, quienes controlaban sus horarios, ingresos y desplazamientos.
📌 Conclusión: La sentencia describe un claro esquema de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, tipificado en el artículo 177 bis del Código Penal.
2️⃣ Comprobación de condiciones degradantes y privación de libertad
El tribunal acredita que:
✅ Las mujeres carecían de autonomía y libertad para abandonar el entorno en el que eran explotadas.
✅ Se les retenían documentos, imponían deudas artificiales y sometían a vigilancia para evitar cualquier intento de fuga.
✅ Vivían y trabajaban en condiciones degradantes e indignas, lo que evidencia la existencia de coacción y control físico y psicológico.
La situación de vulnerabilidad de las víctimas y su dependencia respecto de los condenados refuerzan la tipificación penal más grave aplicable.
3️⃣ Delitos adicionales: inmigración ilegal y tráfico de drogas
Además de la trata, los condenados han sido declarados culpables de:
🔸 Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, por facilitar la entrada y estancia irregular de mujeres extranjeras en España.
🔸 Delito contra la salud pública, por utilizar algunos de los pisos como puntos de venta y consumo de estupefacientes, contribuyendo a la financiación de la red.
📌 Esta acumulación delictiva ha motivado la condena acumulada de más de 50 años, en virtud del concurso real de delitos y la gravedad de los hechos.
4️⃣ Indemnizaciones y medidas accesorias
Además de la pena de prisión, el fallo impone:
✔️ Indemnizaciones a las víctimas por daños morales y patrimoniales, atendiendo al sufrimiento padecido y a la explotación sufrida.
✔️ Prohibición de comunicación y aproximación a las víctimas.
✔️ Decomiso de los beneficios ilícitos y cierre de los inmuebles donde se desarrollaban las actividades.
Conclusión
La sentencia de la Audiencia de A Coruña constituye un hito en la lucha contra la trata de seres humanos y la explotación sexual, al aplicar de forma rigurosa los mecanismos penales disponibles para proteger a las víctimas y castigar a los responsables con contundencia.
Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que el Derecho penal español protege de forma expresa la dignidad, libertad y seguridad de las personas, y que las víctimas de trata tienen derecho a asistencia, protección integral y reparación. Asimismo, las penas impuestas reflejan el compromiso del sistema judicial con la erradicación de toda forma de esclavitud moderna.
📍 Para más información sobre protección de víctimas y delitos de trata, visita www.luisferrer.abogado.