El tribunal lo considera culpable de un delito de falsedad en documento oficial y otro de prevaricación administrativa
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El ejercicio del poder público debe estar siempre sometido a la ley y al interés general. En una reciente sentencia, la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado al alcalde de Agolada a tres años y medio de prisión y trece años y medio de inhabilitación para cargo público, por precintar de manera injustificada la estación depuradora de una empresa privada.
La sentencia aprecia la comisión de dos delitos graves: falsedad en documento oficial y prevaricación administrativa, afectando de lleno a la confianza pública en la imparcialidad y legalidad de los actos municipales.
1️⃣ Los hechos: un precinto sin justificación legal
Según consta en la resolución:
- El alcalde ordenó el precintado de la depuradora sin seguir el procedimiento administrativo legalmente previsto.
- Para dar apariencia de legalidad a su actuación, emitió documentos oficiales falsos, simulando inspecciones y expedientes inexistentes.
- No existía informe técnico ni resolución motivada que justificara la medida restrictiva contra la empresa.
📌 La actuación tuvo un grave impacto en la actividad empresarial afectada, que vio paralizada parte de su producción.
2️⃣ Delito de falsedad en documento oficial
El delito de falsedad en documento oficial está tipificado en el artículo 390 del Código Penal y se configura cuando una autoridad o funcionario público:
- Altera la verdad en documentos en los que debe intervenir por razón de su cargo.
- Simula actos o hechos que no han ocurrido.
- Inserta afirmaciones falsas.
🔎 En este caso, el tribunal considera probado que el alcalde fabricó documentos falsos para justificar un acto de fuerza administrativa.
3️⃣ Delito de prevaricación administrativa
La prevaricación administrativa, recogida en el artículo 404 del Código Penal, sanciona a la autoridad o funcionario que:
- Dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo.
- A sabiendas de su injusticia.
En este asunto, la Sala resalta:
- La total ausencia de base legal para el precinto.
- El carácter arbitrario y caprichoso de la medida.
- El conocimiento del alcalde de la ilegalidad de su actuación.
📌 Consecuencia jurídica: condena a inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 13 años y medio, impidiendo al condenado ejercer funciones de autoridad.
4️⃣ Consecuencias prácticas y lecciones para la Administración Pública
✅ Respeto estricto al procedimiento administrativo: cualquier actuación restrictiva de derechos debe seguir los trámites previstos y basarse en informes técnicos.
✅ Prohibición absoluta de arbitrariedad: el poder público está sometido a la ley y su ejercicio debe ser motivado, razonable y proporcional.
✅ Responsabilidad penal de las autoridades: los cargos públicos que abusen de su posición pueden ser condenados penalmente, además de responder civilmente por los daños causados.
Conclusión
La sentencia de la Audiencia de Pontevedra reafirma que ningún cargo público está por encima de la ley. Las actuaciones arbitrarias y fraudulentas no solo lesionan los derechos de los ciudadanos y empresas, sino que además deterioran la confianza en las instituciones.
La condena al alcalde de Agolada envía un claro mensaje: la Administración debe actuar siempre dentro de los márgenes de la legalidad, respetando los derechos fundamentales y el debido proceso.
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