Se le impone pena por delito de atentado y lesiones, aplicándose atenuante de trastorno mental y agravante de reincidencia
Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
⚖️ Introducción
Un Juzgado de lo Penal de A Coruña ha dictado sentencia condenatoria contra un paciente que agredió a un médico en el hospital de la ciudad, imponiéndole una pena de dos años y seis meses de prisión. El fallo recoge que el procesado actuó con violencia física contra el facultativo, en el contexto de una actuación sanitaria, reconociéndose en el proceso una alteración mental relevante y una agravante de reincidencia.
El caso pone de relieve la especial protección jurídica de la que gozan los profesionales sanitarios en el ejercicio de sus funciones, así como la aplicación ponderada de las circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.
🧑⚖️ Claves jurídicas del caso
1. Delito de atentado contra la autoridad
El juzgado condena al acusado por un delito de atentado contra la autoridad, previsto en el artículo 550 del Código Penal, que protege a los funcionarios públicos que desempeñan funciones asistenciales, como los médicos de centros sanitarios.
Este precepto castiga con pena de prisión de uno a cuatro años a quien emplee violencia o intimidación grave contra un funcionario en el ejercicio de sus funciones. En este caso, el tribunal considera que el médico agredido actuaba claramente en el desempeño de un servicio público esencial, por lo que sufre una especial protección penal.
2. Delito leve de lesiones
Además, se le imputa un delito leve de lesiones al haberse acreditado golpes físicos que provocaron lesiones, aunque sin secuelas de especial gravedad. Se trata de un delito regulado en el artículo 147.2 del Código Penal, castigado con pena de multa.
3. Circunstancias modificativas
La sentencia reconoce dos circunstancias relevantes:
- Atenuante de trastorno mental: El acusado padece un trastorno que, sin eliminar su capacidad de comprender y actuar conforme a la legalidad, sí mermó parcialmente su imputabilidad. Ello justifica la rebaja de las penas impuestas.
- Agravante de reincidencia: El condenado ya había sido sancionado penalmente con anterioridad por hechos similares, lo que conlleva un agravamiento punitivo en relación con el delito de atentado.
🏥 Implicaciones jurídicas y sociales
Este tipo de resoluciones judiciales subrayan que la violencia contra profesionales sanitarios no queda impune y que, incluso en presencia de alteraciones psíquicas, el ordenamiento jurídico responde de manera proporcional para garantizar la seguridad del personal médico y del sistema sanitario en su conjunto.
Asimismo, la sentencia destaca el equilibrio entre la protección de bienes jurídicos esenciales y el respeto al principio de humanidad en la pena, mediante el reconocimiento de circunstancias personales como el trastorno mental del agresor.
📌 Conclusión
La resolución del juzgado de A Coruña reafirma la jurisprudencia constante que considera a los profesionales sanitarios como autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones, y que sanciona con rigor cualquier forma de violencia física o verbal en su contra.
Desde Luis Ferrer Abogado, ofrecemos asistencia letrada tanto en defensa como en acusación particular en delitos relacionados con atentados, lesiones y conflictos en entornos sanitarios o profesionales.
📍 Para más información jurídica y defensa penal especializada:
👉 www.luisferrer.abogado
☎️ Comprometidos con la justicia y la protección de las víctimas.