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Confirmada la incapacidad permanente total de una ingeniera de telecomunicaciones pese a la adaptación de su puesto de trabajo

El TSJ de Baleares reconoce que la limitación funcional en un brazo impide el desarrollo ordinario de su profesión

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción
El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha confirmado la declaración de incapacidad permanente total de una ingeniera de telecomunicaciones que sufrió una caída con resultado de limitación funcional en un brazo. La Sala ha valorado que, a pesar de los esfuerzos de la empresa por readaptar su puesto de trabajo, la trabajadora no puede desempeñar con normalidad las tareas esenciales de su profesión habitual, lo que justifica el reconocimiento de la pensión correspondiente.

Este fallo refuerza el criterio de que la incapacidad debe evaluarse en función de la profesión concreta y de las exigencias reales del puesto, sin que la existencia de ajustes empresariales altere necesariamente esa conclusión.

Los Hechos
La trabajadora, ingeniera de telecomunicaciones, sufrió una caída que le provocó secuelas físicas permanentes en uno de sus brazos, con afectación de la movilidad y la fuerza. La Seguridad Social le reconoció inicialmente la incapacidad, pero la empresa impugnó la resolución alegando que había modificado su puesto de trabajo para adaptarlo a sus limitaciones, lo que permitiría su reincorporación laboral.

Sin embargo, los informes médicos periciales y la sentencia de instancia establecieron que las tareas técnicas propias de su categoría profesional requerían un nivel de funcionalidad que ya no podía alcanzarse, por lo que el TSJIB ha confirmado la resolución inicial.

Fundamento Jurídico
La Sala recuerda que el examen del recurso debe partir de los hechos probados fijados en la instancia, y que el tribunal no puede reinterpretarlos ni modificar su contenido salvo error manifiesto. En este caso, los informes médicos, sumados a la descripción del puesto de trabajo, muestran de forma clara que la profesional no está en condiciones de desarrollar su trabajo con la eficacia y continuidad exigidas por su formación y categoría profesional.

Aunque la empresa había adoptado medidas para aliviar la carga física del trabajo, el tribunal destaca que la incapacidad permanente total no exige una imposibilidad absoluta de trabajar, sino la imposibilidad de ejercer el trabajo habitual con la regularidad y competencia debidas.

Jurisprudencia Relevante
El Tribunal Supremo ha señalado en diversas ocasiones que la existencia de puestos de trabajo adaptados no elimina la existencia de incapacidad, si la persona afectada no puede ejercer su profesión con normalidad. Las adaptaciones, además, pueden no ser viables o sostenibles a largo plazo en el contexto real de la empresa.

En este sentido, el fallo del TSJIB se alinea con una doctrina consolidada que prioriza el análisis funcional y real de las limitaciones frente a hipotéticas soluciones empresariales.

Conclusión
La sentencia del TSJ de Baleares reconoce que la pérdida de funcionalidad de una extremidad superior puede ser suficiente para declarar la incapacidad permanente total en profesiones técnicas que exigen precisión, uso de herramientas o trabajo informático prolongado. Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos el derecho de los trabajadores a ser protegidos cuando sus dolencias físicas les impiden desarrollar su trabajo habitual, más allá de intentos de adaptación que no garanticen un desempeño profesional digno y efectivo.

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