09:00 - 20:30

Horario atención al público

691 36 66 73 - 968 20 83 45

Teléfonos de contacto

Lferrer@gestioneslegales.es

Respuesta en menos de 24h

La Audiencia de Sevilla absuelve a un menor acusado de agresión sexual: «un año y medio de infierno» hasta demostrar su inocencia

Introducción
La Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado el recurso interpuesto por la defensa de un menor que había sido condenado en primera instancia por un delito de agresión sexual, del que le acusaba una compañera de clase. La sentencia de apelación concluye que no se ha acreditado el hecho con la contundencia exigida por el derecho penal, y declara su absolución, devolviendo la paz jurídica tras más de un año y medio de proceso judicial que afectó profundamente al joven y a su entorno.

Este caso pone de relieve la necesidad de extremar las garantías procesales en procedimientos tan delicados, especialmente cuando el encausado es menor de edad, y recuerda que la presunción de inocencia no puede ser sustituida por juicios sociales o mediáticos.

Los Hechos
Los hechos se remontan a un episodio ocurrido en el entorno escolar, donde una alumna denunció a un compañero de clase por presunta agresión sexual. Tras una primera fase de instrucción, el juzgado de menores dictó una sentencia condenatoria, basada en el testimonio de la denunciante y ciertos indicios, aunque con dudas no resueltas sobre la dinámica exacta del suceso.

El menor siempre negó los hechos, y su defensa recurrió ante la Audiencia Provincial, cuestionando la validez probatoria de la sentencia inicial y alegando falta de certeza para imponer una condena en el ámbito penal, donde rige el principio de “in dubio pro reo”.

Fundamento Jurídico
La Audiencia Provincial de Sevilla, al revisar el caso, ha considerado que no existen pruebas concluyentes que permitan acreditar sin margen de duda la culpabilidad del menor. Subraya que el relato de la víctima, aunque coherente, no se ve suficientemente corroborado por pruebas objetivas, y que ante la duda razonable, debe prevalecer la presunción de inocencia, recogida en el artículo 24.2 de la Constitución Española.

El tribunal también recuerda que en los procedimientos con menores, además de las garantías penales generales, deben observarse con especial cuidado los derechos de defensa y los efectos devastadores de una condena injusta a estas edades.

Repercusiones del Caso
La sentencia absolutoria, aunque restituye la inocencia del menor, no borra el sufrimiento personal, escolar y familiar sufrido durante el año y medio que ha durado el proceso. Este caso evidencia los riesgos de una judicialización apresurada sin base probatoria sólida, y la necesidad de actuar con rigor técnico, sensibilidad y prudencia cuando están en juego denuncias por delitos sexuales en el ámbito educativo.

La absolución también reabre el debate sobre el uso responsable del proceso penal, la protección de los derechos de todas las partes —denunciante y denunciado— y la cautela informativa ante estos procedimientos.

Conclusión
La absolución del menor por la Audiencia de Sevilla representa una llamada a la prudencia, la justicia garantista y la presunción de inocencia. Desde Luis Ferrer Abogado, subrayamos la importancia de confiar en el proceso judicial y en sus mecanismos de revisión como salvaguarda de los derechos fundamentales. Las acusaciones graves, especialmente en contextos escolares, deben investigarse con rigor, pero también resolverse sin prejuicios y con pleno respeto a los principios del Estado de Derecho.

📍 Para más información y defensa penal de menores, visita www.luisferrer.abogado.