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El Supremo confirma la condena a un empresario por fraude de subvenciones destinadas a la contratación de trabajadores

El alto tribunal insiste en que falsear datos para obtener ayudas públicas constituye un delito grave que atenta contra los intereses financieros del Estado

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

El Tribunal Supremo, en su Sentencia 763/2025, de 16 de junio, ha confirmado la condena a un empresario por un delito de fraude de subvenciones al haber aportado datos falsos y manipulado documentos para obtener ayudas públicas destinadas a la contratación de trabajadores. El fallo subraya que este tipo de fraudes no solo perjudican económicamente a la Administración, sino que minan la confianza en el sistema de ayudas.

Los Hechos

El condenado solicitó diversas subvenciones para fomentar el empleo, declarando contrataciones y condiciones laborales que no se correspondían con la realidad. La investigación probó que varios de los supuestos trabajadores no prestaban servicios efectivos o lo hacían en condiciones distintas a las declaradas, incumpliendo los requisitos esenciales para la concesión de la ayuda.

Estas irregularidades permitieron al empresario acceder y conservar importes significativos de fondos públicos, que de otro modo no habría obtenido.

Procedimiento Judicial

La Audiencia Provincial lo condenó a tres años de prisión, multa e inhabilitación para recibir subvenciones y ayudas públicas, además de la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente.

El empresario recurrió en casación alegando defectos en la valoración de la prueba y negando la existencia de dolo, sosteniendo que se trató de errores administrativos sin intención fraudulenta.

Fundamentos del Tribunal Supremo

El Alto Tribunal rechaza los argumentos de la defensa, señalando que:

  • Los datos falsos fueron aportados de forma deliberada y reiterada.
  • El acusado conocía los requisitos de las subvenciones y, aun así, presentó documentación manipulada.
  • El dolo se acredita por la reiteración del fraude y la ocultación de la verdadera situación laboral.

Importancia de la Sentencia

La STS 763/2025 refuerza la idea de que los delitos de fraude de subvenciones son especialmente graves porque afectan a recursos públicos destinados a fines sociales. El fallo envía un mensaje claro: falsear información para obtener ayudas no es un mero incumplimiento administrativo, sino un delito con consecuencias penales severas.

Conclusión

Este pronunciamiento del Tribunal Supremo es un recordatorio para empresas y particulares de que las subvenciones públicas conllevan no solo beneficios, sino también obligaciones y controles estrictos. En Luis Ferrer Abogado insistimos en que la transparencia y el cumplimiento riguroso de los requisitos legales son esenciales para evitar responsabilidades penales.

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