La Audiencia Provincial de Alicante impone una pena ejemplar tras un fraude durante la campaña navideña de pescado y marisco
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a seis meses de prisión y al pago de una multa a un empresario que estafó a una mercantil casi 90.000 euros mediante la compra fraudulenta de pescado y marisco para la campaña de Navidad de 2016. El caso se resolvió mediante un acuerdo de conformidad entre el acusado y la Fiscalía, reconociendo su autoría en el delito de estafa.
Hechos probados por el tribunal
- El condenado, administrador único de la empresa «Pescados Larrosa S.L. Unipersonal», realizó un pedido de gran cantidad de pescado y marisco a su proveedor habitual, basado en la confianza mutua y una cuenta abierta por operaciones previas.
- Ocultando su grave situación económica, aceptó el pedido —valorado en 89.394,73 euros— pero nunca tuvo intención de pagar. En lugar de ello, vendió la mercancía a terceros obteniendo un lucro indebido.
- Posteriormente procedió a liquidar la empresa ante notaria, dificultando así el cobro al acreedor.
- En el proceso, se aceptaron las atenuantes de reparación parcial del daño y dilaciones indebidas, aplicadas por la Audiencia como parte del acuerdo judicial.
- Su cónyuge fue absuelta, ya que no se hallaron indicios de su participación en la estafa.
Repercusiones penales y civiles
- Pena de prisión: seis meses por delito de estafa.
- Multa: impuesta como consecuencia del acuerdo de conformidad.
- Atenuantes aplicadas: reparación parcial del daño y demora inútil.
- Absuelta la esposa: sin responsabilidad penal al no existir pruebas de connivencia.
Claves legales y jurídicas
- Estafa por omisión de pago: El autor cumplió con la apariencia formal de la operación comercial, pero carecía por completo de la intención de cumplir con sus obligaciones. El engaño fue deliberado y calculado.
- Responsabilidad mercantil agravada: La operación de liquidación de la empresa tras el fraude evidencia el intento de evitar consecuencias patrimoniales.
- Eficacia del acuerdo de conformidad: Permite acortar procesos y reconoce el reconocimiento culpable, lo que suele traducirse en una rebaja penal. No obstante, esto no atenúa el reproche jurídico de fondo.
- Protección del perjuicio patrimonial del proveedor: Aunque el proceso finalizó con conformidad, ello no debe eclipsar el daño económico causado al proveedor.
Conclusión
Este caso evidencia que en el ámbito empresarial, el abuso de confianza y la estafa deliberada no quedan impunes. La justicia mostró su firme respuesta mediante una condena penal, incluso en la vía del acuerdo de conformidad, asegurando una sanción efectiva y proporcional.
Desde Luis Ferrer Abogado, estamos preparados para asesorar tanto a víctimas de fraudes mercantiles como a quien enfrente acusaciones penales en estos contextos.
¿Han vulnerado tus derechos comerciales o necesitas defensa especializada en delitos patrimoniales?
Contáctanos en www.luisferrer.abogado.