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«Una alegación falsa no es un insulto, sino parte del derecho de defensa procesal»

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

El Tribunal Supremo ha establecido una distinción relevante en su sentencia nº 3083/2025, de fecha 27 de junio: una alegación falsa formulada dentro del cauce de un procedimiento judicial, sin ánimo propagandístico, no constituye un insulto, sino que se considera parte legitima del derecho de defensa. En el caso de una demanda de modificación de medidas en el ámbito familiar, la madre alegó que se le había informado que el padre era consumidor habitual de estupefacientes. Esta manifestación, realizada exclusivamente en sede judicial, fue tildada de intromisión en el honor por la Audiencia Provincial, pero el Tribunal Supremo ha revocado esa condena. El Alto Tribunal concluyó que, pese a su falsedad, la exposición de esta alegación formaba parte del ejercicio procesal, sin ánimo de notoriedad pública o injurioso.


Claves jurídicas de la sentencia

  1. Distinción entre insulto y defensa procesal
    El Supremo subraya que una afirmación falsa dentro del proceso no es un insulto si obedece a una estrategia de defensa, siempre que se formule con base legal y en el contexto estrictamente judicial.
  2. Ámbito de protección del derecho de defensa
    Interpretar esa manifestación como indignante equivaldría a restringir la libertad para argumentar en juicio. El Alto Tribunal refuerza que dicha libertad solo cede ante expresiones injuriosas, irrespetuosas o cuya finalidad sea difamar.
  3. Finalidad del reproche
    El reproche no se fundamentó en la falsedad en sí, sino en la ausencia de dolo difamatorio, ya que la duda persistía y la alegación respondía al interés del menor en protección.
  4. Jurisprudencia equilibrada
    El Supremo refuerza una línea de doctrina que intenta equilibrar la protección del honor con la defensa legítima: solo se sancionan expresiones ofensivas que exceden el debate jurídico riguroso.

Conclusión

La reciente sentencia del Tribunal Supremo fortalece el derecho de defensa procesal, incluso cuando se utilizan alegaciones falsas en el proceso. El sistema judicial debe velar por que el intercambio de razones y estrategias no se convierta en un escenario donde se penalice la plausibilidad jurídica, siempre que no exista voluntad difamatoria.

Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos una línea de actuación que preserve la integridad del proceso judicial y los derechos fundamentales. Si necesitas acompañamiento en procedimientos civiles o familiares, especialmente en defensa del derecho al honor, estamos disponibles para asesorarte con rigor y cercanía.