09:00 - 20:30

Horario atención al público

691 36 66 73 - 968 20 83 45

Teléfonos de contacto

Lferrer@gestioneslegales.es

Respuesta en menos de 24h

El Supremo exige igualdad retributiva para los profesores asociados: no más coeficientes reductores para los méritos docentes

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo declara discriminatorio aplicar coeficientes del 0,5 a los comple­mentos docentes para quienes trabajan a tiempo parcial, reconociendo su derecho a percibir los méritos en proporción al tiempo efectivo de servicio

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia histórica que refuerza los derechos del profesorado universitario a tiempo parcial. En concreto, reconoce que los profesores asociados en las universidades públicas de Madrid tienen derecho a que se les evalúen los méritos docentes (los llamados quinquenios), tal como al personal a tiempo completo, sin la aplicación del coeficiente reductor del 0,5 que venían sufriendo dichas figuras. El complemento se deberá abonar en proporción al tiempo trabajado, sin minusvalorar su esfuerzo docente.


Hechos y antecedentes

  • En varias universidades madrileñas (Complutense, Autónoma, Politécnica, Carlos III, Rey Juan Carlos, Alcalá de Henares) se venían aplicando unas bases u ordenanzas que establecían que el profesorado a tiempo parcial debía soportar un coeficiente reductor del 0,5 cuando participaba en evaluaciones quinquenales de méritos docentes.
  • Además, se negaba en muchos casos el derecho a percibir el complemento económico de méritos docentes si el contrato era parcial, o se retrasaba la percepción hasta alcanzar dedicación completa.
  • Sindicatos como UGT, CCOO y otros presentaron conflictos colectivos reclamando la igualdad en la evaluación y retribución de estos méritos para todo el PDI laboral, permanente o temporal, completo o parcial.

Principales puntos del fallo

  1. No discriminación por parcialidad
    El Supremo considera que aplicar un coeficiente reductor del 0,5 a profesores asociados por el mero hecho de tener contratos parciales no tiene justificación objetiva ni razonable, por lo que vulnera el principio de igualdad consagrado en la Constitución.
  2. Derecho a evaluación de méritos docentes (quinquenios)
    Reconoce que los asociados tienen derecho a que su docencia sea evaluada cada cinco años, bajo los mismos criterios que los docentes a tiempo completo, siempre que concurran los requisitos temporales exigidos en la normativa aplicable.
  3. Cuantía proporcional al tiempo trabajado
    Aunque no se puede aplicar una reducción arbitraria que penalice el hecho de ser parcial, sí es aceptable ajustar la cuantía del complemento al porcentaje de dedicación efectiva. Un profesor con media jornada deberá percibir la parte proporcional del complemento, no una penalización indebida adicional.
  4. Efectos retroactivos y obligaciones de las universidades
    Las universidades afectadas deberán reconocer este derecho a los profesores asociados desde que se cumplían los requisitos, y abonar los complementos debidos, con los intereses que correspondan.

Implicaciones prácticas

  • Para los profesores asociados: este fallo supone que quienes han estado trabajando a tiempo parcial ya pueden reclamar la evaluación de méritos docentes (quinquenios) sin que el contrato parcial les impida acceder al complemento.
  • Para las universidades: obliga a adaptar sus bases y convocatorias, eliminar coeficientes reductores injustificados y calcular los complementos de méritos docentes de forma proporcional, pero sin penalizar la parcialidad más allá de la dedicación.
  • Igualdad y no discriminación: este fallo consolida la doctrina de que el principio de igualdad exige tratar de forma equiparable a quienes realizan funciones semejantes, sin importar su régimen contractual, salvo que exista diferencia objetiva justificable.

Conclusión

La decisión del Tribunal Supremo representa un avance decisivo hacia una universidad más justa, donde el tiempo parcial ya no sea excusa para negar derechos establecidos como el complemento por méritos docentes. El esfuerzo en la docencia debe ser reconocido sin penalizaciones arbitrarias.

En Luis Ferrer Abogado, ofrecemos experiencia en derecho laboral universitario, reclamaciones retributivas y defensa de tus derechos académicos. Si eres profesor asociado o trabajas a tiempo parcial y quieres valorar tu situación, estaré encantado de ayudarte a reclamar lo que te corresponde.