Un juzgado impone una sanción de 1.000 euros a una entidad financiera por forzar procedimientos innecesarios en casos de usura, ignorando deliberadamente la doctrina del Tribunal Supremo
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
En una resolución significativa, un juzgado ha impuesto una multa de 1.000 euros por mala fe procesal a una fintech que decidió forzar un procedimiento judicial innecesario, a pesar de que la cuestión ya había sido resuelta con claridad por el Tribunal Supremo. La entidad intentaba ejecutar un contrato declarado nulo por intereses usurarios, generando un litigio artificial y contribuyendo a la sobrecarga del sistema judicial.
El fallo no solo sanciona un abuso del proceso, sino que refuerza el derecho de los consumidores a una defensa eficaz y lanza un mensaje claro: la estrategia de saturar los tribunales para desgastar al deudor no será tolerada por la Justicia.
Los hechos
- La entidad financiera promovió un juicio monitorio para reclamar una deuda derivada de un préstamo al consumo con intereses notablemente desproporcionados.
- El consumidor se opuso, alegando usura conforme a la doctrina reiterada del Tribunal Supremo desde 2015 (STS 628/2015, entre otras).
- Pese a la jurisprudencia consolidada, la fintech no desistió y forzó el procedimiento, hasta que el juez declaró la nulidad del contrato por interés usurario.
- Además, el juzgado impuso una multa de 1.000 euros a la entidad por mala fe procesal, al considerar que actuó con abuso del derecho y conocimiento de la ilicitud de su pretensión.
Fundamento jurídico: mala fe procesal y sobrecarga artificial
El artículo 247.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite a los tribunales imponer multas cuando se aprecia que una parte:
“Actúa con temeridad o mala fe, perturba el desarrollo del proceso o lo utiliza con fines ilegítimos”.
El juzgado entendió que:
- La fintech sabía o debía saber que el contrato era nulo por usurario.
- La insistencia en litigar, a pesar de la jurisprudencia reiterada, obedecía a una estrategia de presión al consumidor, confiando en su eventual desistimiento por miedo a costes o desconocimiento.
- Este tipo de conducta atenta contra el principio de economía procesal y entorpece el derecho de defensa del deudor, al obligarlo a soportar trámites innecesarios.
Relevancia práctica
Este fallo es especialmente relevante porque:
- Desincentiva prácticas abusivas por parte de entidades financieras en litigios masivos.
- Protege al consumidor frente a procedimientos intimidatorios, cuando existe jurisprudencia consolidada a su favor.
- Reafirma que el sistema judicial no puede utilizarse como herramienta de presión ni saturarse con fines puramente estratégicos.
- Abre la vía a que los tribunales impongan sanciones por uso temerario del proceso, algo hasta ahora poco frecuente, pero jurídicamente justificado.
Conclusión
Este caso marca un punto de inflexión en la lucha contra la litigación abusiva en el ámbito financiero, y defiende el uso honesto y proporcional del proceso judicial. Los tribunales no son una trinchera para desgastar al consumidor, sino un espacio para resolver conflictos con base en el derecho y la buena fe.
En Luis Ferrer Abogado, defendemos a consumidores frente a cláusulas abusivas, intereses usurarios y reclamaciones infundadas promovidas por entidades de crédito. Si estás siendo demandado por una fintech, puede que tengas derecho a anular el contrato y recuperar tu dinero.
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