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Condenado un funcionario por inscribir falsamente a conocidas como trabajadoras en la Seguridad Social


Por Luis Ferrer. Abogado

Introducción

Una reciente sentencia ha condenado a un funcionario municipal a dos años y seis meses de prisión por haber dado de alta en la Seguridad Social a varias mujeres sin que existiera una relación laboral real. La conducta fue calificada por el tribunal como un delito de falsedad en documento oficial, al haber utilizado su cargo público para manipular registros administrativos con finalidad fraudulenta.


Hechos probados

El acusado prestaba servicios en un ayuntamiento y, aprovechando su condición de funcionario, procedió a tramitar el alta en la Seguridad Social de varias personas de su entorno personal como si hubieran sido contratadas por la administración. Sin embargo, dichas contrataciones nunca se produjeron, ni existió actividad laboral efectiva, ni relación jurídica alguna que justificara las inscripciones.

Las personas dadas de alta tampoco acudieron al centro de trabajo, ni realizaron funciones para el consistorio, lo que reveló la ficticia naturaleza de los contratos.


Fundamentos jurídicos de la condena

1. Falsedad en documento oficial

El tribunal encuadró los hechos en el artículo 390 del Código Penal, que sanciona a la autoridad o funcionario público que falsifica un documento público o lo altera en perjuicio de la administración o de terceros. En este caso, el alta en la Seguridad Social constituye un documento público que fue manipulado al contener datos no veraces sobre una relación laboral inexistente.

2. Abuso de cargo público

La condición de funcionario agravó la responsabilidad penal del autor, al haber vulnerado no solo el principio de legalidad administrativa, sino también el deber de veracidad e imparcialidad que exige el ejercicio del cargo público.

3. Finalidad fraudulenta

Aunque la sentencia no especifica si se obtuvo un beneficio económico directo, se entiende que la finalidad era facilitar a las personas dadas de alta el acceso a prestaciones sociales, periodo de cotización o derechos laborales indebidos, lo cual constituye un engaño al sistema público de protección social.


Consecuencias legales

  • El funcionario ha sido condenado a pena privativa de libertad de dos años y seis meses, lo que puede implicar su ingreso en prisión si no se le concede la suspensión.
  • Se le impondrá previsiblemente la inhabilitación para empleo o cargo público durante el tiempo de la condena.
  • Podrá exigírsele responsabilidad civil por los perjuicios causados a la administración o al sistema de la Seguridad Social.
  • Las personas beneficiadas por el alta ficticia podrían ser investigadas como cooperadoras o beneficiarias de un fraude administrativo.

Reflexión jurídica

Este caso evidencia los riesgos del uso fraudulento de funciones públicas para beneficiar a terceros, incluso cuando aparentemente no exista ánimo de lucro personal. La falsedad administrativa constituye una grave infracción penal, especialmente si afecta a registros oficiales como el sistema de la Seguridad Social, pilar esencial del Estado del bienestar.

Asimismo, pone de manifiesto que el funcionario no es solo responsable por acción, sino también por el contenido y finalidad de sus actos administrativos, los cuales deben ser siempre veraces y ajustados a derecho.


Conclusión

La condena impuesta a este funcionario recuerda que la falsedad en documentos oficiales y el uso ilegítimo del cargo público son delitos graves, con consecuencias penales y laborales severas. En Luis Ferrer Abogado defendemos la legalidad y la transparencia en la función pública, así como el derecho a una defensa adecuada en procedimientos por delitos contra la administración.

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