Introducción
Una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona ha reconocido el derecho a indemnización a un accidentado de tráfico que, pese a no presentar limitaciones funcionales, sufre dolor persistente desde el siniestro. El tribunal concluye que el accidente agravó una patología previa y que existe nexo causal entre el impacto sufrido y el estado actual del afectado.
Este fallo es relevante porque confirma que el dolor crónico o residual, aunque no genere discapacidad, puede dar lugar a compensación económica si se acredita su origen en el accidente.
Hechos probados
- La víctima sufrió un accidente de circulación en el que, tras ser examinada, no se apreciaron lesiones incapacitantes ni secuelas funcionales objetivas.
- Sin embargo, el afectado continuó presentando dolores cervicales y lumbares persistentes.
- La aseguradora del vehículo responsable se negó a indemnizar alegando ausencia de daño funcional objetivo.
- El tribunal, sin embargo, consideró acreditado que el accidente agravó una patología previa del afectado y que los síntomas actuales derivan directamente del siniestro.
Fundamentos jurídicos de la sentencia
1. Nexo causal y agravación de estado previo
La clave del fallo radica en que el tribunal acepta que, aunque el demandante tenía una patología degenerativa previa, esta se encontraba asintomática o en estado estable hasta el momento del accidente. El siniestro provocó una exacerbación clínica, que genera dolor crónico.
La jurisprudencia reconoce que cuando un hecho traumático agrava una situación médica anterior, existe responsabilidad si se demuestra que el estado del paciente ha empeorado directamente como consecuencia del accidente.
2. Reconocimiento del dolor como daño indemnizable
La Audiencia subraya que el dolor sostenido constituye un perjuicio moral y personal autónomo, aun cuando no conlleve secuelas visibles o funcionales. Lo importante es que el sufrimiento sea real, continuo y evaluable, aunque no incapacite para el trabajo o la vida diaria.
3. Valoración del daño
Aunque no se fijó una secuela funcional, se reconoció un perjuicio personal particular conforme al Baremo de Tráfico vigente, que contempla indemnizaciones por dolor residual o molestias persistentes.
Consecuencias legales
- La aseguradora fue condenada a indemnizar al afectado, teniendo en cuenta la intensidad y duración del dolor crónico, aunque no haya limitación en sus capacidades.
- Se refuerza el criterio de que el daño indemnizable no exige lesión objetiva ni pérdida funcional: basta con demostrar que el dolor deriva del accidente.
- Abre la puerta a reclamaciones por agravaciones de patologías previas, si existe prueba médica coherente del nexo causal.
Reflexión jurídica
Esta sentencia es una referencia para muchas víctimas de accidentes que, pese a “recuperarse” en términos funcionales, siguen arrastrando dolencias, rigidez o molestias crónicas. La clave está en acreditar médicamente que estas molestias derivan del impacto y que han alterado su calidad de vida, aunque no exista incapacidad laboral ni secuelas objetivas.
La valoración del daño en accidentes de tráfico no puede limitarse a criterios rígidos de funcionalidad: el sufrimiento subjetivo, si es persistente y demostrable, también debe ser resarcido.
Conclusión
La Audiencia de Barcelona ha ratificado el derecho a ser indemnizado por dolor persistente tras un accidente, incluso sin limitaciones funcionales, reconociendo el nexo causal con el siniestro. En Luis Ferrer Abogado asesoramos a víctimas de accidentes para lograr el reconocimiento completo de sus daños, visibles o no, objetivos o subjetivos.
¿Has tenido un accidente y continúas con molestias o dolor que la aseguradora no reconoce?
Contáctanos en www.luisferrer.abogado