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El TSXG aplica la perspectiva de género y reconoce el subsidio para mayores de 52 años a una mujer que dejó de trabajar por cuidar a sus hijas


Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha dictado una sentencia relevante en materia de protección social, al reconocer el derecho de una mujer a percibir el subsidio para mayores de 52 años, pese a que no cumplía con el requisito formal de cotización continua. El tribunal aplica la perspectiva de género y la conocida doctrina del paréntesis, considerando que la mujer interrumpió su vida laboral durante casi una década para dedicarse al cuidado de sus hijas menores, y que dicha circunstancia no puede penalizar su acceso a las prestaciones.


Hechos relevantes

  • La mujer solicitó el subsidio para mayores de 52 años, tras haber cotizado durante años pero con un período de casi 10 años sin cotización por cuidado de sus hijas.
  • El SEPE denegó su solicitud, al considerar que no cumplía el requisito de estar en situación legal de desempleo con cotización suficiente.
  • La trabajadora recurrió la resolución, y el asunto llegó al TSXG, que finalmente le da la razón.

La doctrina del paréntesis y la perspectiva de género

El tribunal aplica la llamada doctrina del paréntesis, que permite “saltar” o no computar ciertos periodos sin cotización cuando están justificados por circunstancias excepcionales, como el cuidado de hijos o familiares.

Pero, además, el TSXG va más allá y enfoca el caso desde una perspectiva de género, considerando que:

✅ El cuidado de las hijas fue una responsabilidad asumida casi exclusivamente por la madre.
✅ Las interrupciones laborales derivadas del rol tradicional de cuidadora afectan especialmente a las mujeres y no deben penalizar su acceso a derechos sociales.
✅ Aplicar de forma estricta los requisitos sin tener en cuenta este contexto generaría una discriminación indirecta por razón de género.


Fundamentación jurídica

La sentencia se apoya en los siguientes principios:

  • Artículo 14 de la Constitución Española, sobre igualdad y no discriminación.
  • Artículo 41 CE, que garantiza la protección social.
  • Normativa europea y doctrina del Tribunal Constitucional, que exigen incorporar la perspectiva de género en la aplicación de las normas.
  • Doctrina jurisprudencial consolidada, que permite flexibilizar los requisitos para no dejar sin protección a colectivos especialmente vulnerables.

Conclusión

El TSXG reconoce el derecho de una mujer a acceder al subsidio para mayores de 52 años, al considerar que el periodo sin cotización por cuidado de hijas menores no puede perjudicarle en el acceso a las prestaciones. Una sentencia que avanza en el reconocimiento de la brecha de género en la protección social y refuerza la obligación de los poderes públicos de aplicar una interpretación igualitaria y justa del Derecho.

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