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Procedente el despido de un trabajador por eliminar por su cuenta el descanso del bocadillo: desobediencia y abandono reiterado del puesto


Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de un trabajador que, durante nueve días consecutivos, decidió suprimir unilateralmente el descanso del bocadillo y abandonar antes su puesto de trabajo. El tribunal considera que esta conducta constituye una desobediencia reiterada, que rompe la buena fe contractual y justifica la extinción del contrato.


Hechos probados

  • El trabajador, de forma sistemática y durante varios días seguidos, renunció voluntariamente al descanso del bocadillo (pausa pactada en su jornada laboral).
  • En lugar de mantener su horario completo, abandonaba el puesto antes de tiempo, reduciendo su jornada diaria.
  • La empresa le advirtió verbalmente y por escrito, pero el comportamiento persistió durante nueve jornadas consecutivas.
  • Ante la reiteración de la conducta, la empresa acordó su despido disciplinario por desobediencia y transgresión de la buena fe contractual.

Fundamento jurídico del despido

El TSJ de La Rioja confirma que el despido es procedente, basándose en el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, que permite la extinción del contrato cuando existe:

Desobediencia grave y reiterada a las órdenes empresariales.
Abandono del puesto de trabajo, aunque sea parcial y no se haya producido un perjuicio económico directo.
Voluntad unilateral de modificar la jornada, lo que vulnera el principio de buena fe y altera el equilibrio contractual.

El tribunal recuerda que el trabajador no puede alterar unilateralmente el horario establecido, ni prescindir del descanso pactado para acortar su jornada.


El descanso del bocadillo: ¿es obligatorio?

Aunque el descanso del bocadillo no está expresamente regulado en la legislación general, sí puede derivarse de:

  • Convenios colectivos.
  • Pactos individuales o usos empresariales consolidados.

Cuando está incorporado a la jornada habitual, no puede ser suprimido por decisión del trabajador, y mucho menos usado como excusa para salir antes.


Conclusión

El despido de un trabajador que decide, por su cuenta, eliminar el descanso del bocadillo para salir antes del trabajo es procedente, si dicha conducta se reitera y vulnera las órdenes empresariales. El TSJ de La Rioja refuerza así la necesidad de respetar los tiempos de trabajo y descanso establecidos, y sanciona las decisiones unilaterales que alteran el cumplimiento del contrato.

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