El auge de los vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos, ha transformado la forma en que nos desplazamos por la ciudad. Sin embargo, su rápida proliferación ha planteado serios retos en materia de seguridad vial, regulación técnica y control administrativo. Ante esta situación, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto 52/2026, de 28 de enero, que establece un marco normativo detallado y vinculante para estos vehículos, alineando su uso con los principios de movilidad segura y sostenible.
¿Qué es un Vehículo de Movilidad Personal?
Según el anexo XXI del Reglamento General de Vehículos, un VMP es un vehículo unipersonal, propulsado exclusivamente por motores eléctricos, que puede alcanzar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h, con un peso inferior a 50 kg y sin asiento, salvo que disponga de sistema de autoequilibrado.
Certificación Obligatoria
Uno de los pilares de esta nueva normativa es la certificación obligatoria de los VMP. Para poder circular, todos los modelos deben contar con un certificado de circulación expedido tras superar ensayos técnicos realizados por laboratorios autorizados por la DGT. Este certificado garantiza que el vehículo cumple con estrictos requisitos técnicos de seguridad, incluyendo frenos, iluminación, control de velocidad y sistemas de protección eléctrica.
Certificación Extraordinaria
En los casos en los que el vehículo no cuente con certificación de fábrica, los usuarios particulares podrán solicitar una certificación individual extraordinaria, siempre que el vehículo supere los ensayos técnicos sin requerir pruebas destructivas.
Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros
El Real Decreto crea una nueva sección específica dentro del Registro Nacional de Vehículos: el Registro de Vehículos Personales Ligeros, gestionado por la Jefatura Central de Tráfico. Todos los VMP certificados deben ser inscritos en este registro, aportando datos del titular, número de certificado, características técnicas y seguro obligatorio.
Además, el vehículo deberá llevar una etiqueta identificativa visible, con un número único y formato oficial, cuya emisión está reservada a manipuladores autorizados por la DGT.
Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio
En sintonía con la Ley 5/2025, el Real Decreto refuerza la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil para todos los VMP que cumplan con los parámetros definidos como “vehículos personales ligeros”. Este seguro es fundamental para garantizar la cobertura de daños a terceros en caso de accidente.
Régimen Transitorio
Los VMP no certificados que hayan sido comercializados antes del 22 de enero de 2024 podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027, pero deberán inscribirse con carácter temporal en el registro, y se les asignará una identificación mínima. A partir de dicha fecha, será obligatorio disponer de certificado de circulación para poder circular legalmente.
Consecuencias del Incumplimiento
El incumplimiento de esta normativa conllevará la retirada de la certificación, la prohibición de circulación y la imposibilidad de asegurar el vehículo. Además, tanto los fabricantes como los laboratorios autorizados están sujetos a un estricto régimen de responsabilidad y evaluación de conformidad técnica periódica.
Conclusión
La entrada en vigor del Real Decreto 52/2026 representa un paso definitivo hacia una movilidad urbana segura, regulada y sostenible. Para los usuarios de patinetes eléctricos, supone nuevas obligaciones que, aunque puedan parecer exigentes, están pensadas para proteger tanto a quienes los conducen como al resto de usuarios de la vía pública. Si eres usuario o fabricante de un VMP, es fundamental que te informes y adaptes cuanto antes a los nuevos requisitos legales.