Introducción
Una nueva sentencia vuelve a poner el foco en la responsabilidad patrimonial de la administración sanitaria por errores de diagnóstico. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha sido condenado a indemnizar con casi 70.000 euros a una paciente por no detectar a tiempo una fractura ósea, lo que derivó en una evolución desfavorable y la colocación posterior de una prótesis.
El fallo subraya que existió una pérdida de oportunidad médica, y que el daño era evitable si la actuación profesional hubiera sido la adecuada desde el principio.
El caso: un diagnóstico tardío con graves secuelas
La paciente acudió al centro sanitario con dolor tras una caída, y se realizaron exploraciones médicas sin advertirse lesión relevante. Sin embargo, la fractura estaba presente y no fue diagnosticada. La omisión diagnóstica provocó el agravamiento del cuadro clínico, con desplazamientos y complicaciones que hicieron necesaria, meses después, una intervención quirúrgica para implantar una prótesis.
La sentencia constata que, de haberse detectado la lesión en un primer momento, se podría haber adoptado un tratamiento conservador o menos invasivo, evitando así buena parte del daño.
La pérdida de oportunidad como fundamento indemnizatorio
El tribunal considera que el error diagnóstico supuso una pérdida de oportunidad médica, es decir, la frustración de una expectativa razonable de evolución más favorable si la atención hubiera sido correcta. Esta doctrina, consolidada por el Tribunal Supremo, permite reclamar responsabilidad a la Administración sanitaria aunque no se demuestre una relación de causalidad directa y exclusiva con el daño final.
Lo relevante es que se privó al paciente de una opción terapéutica viable y menos lesiva, lo que justifica el derecho a ser indemnizado.
Importe de la indemnización
La cuantía reconocida asciende a casi 70.000 euros, teniendo en cuenta:
- Los daños físicos derivados de la colocación de la prótesis.
- El dolor, sufrimiento y secuelas funcionales.
- El perjuicio estético y limitaciones de movilidad.
- La edad de la paciente y su impacto en la vida cotidiana.
Conclusión
Este caso evidencia la importancia de una actuación diligente por parte de los servicios médicos, especialmente en situaciones de urgencias y diagnóstico por imagen. El error inicial, lejos de ser una mera omisión técnica, generó consecuencias graves y evitables que la justicia ha reconocido indemnizables.
En Luis Ferrer Abogado defendemos el derecho de los pacientes a una atención médica correcta y segura, así como su derecho a ser resarcidos por los daños causados por la administración sanitaria.
Si has sufrido un error médico o te han diagnosticado tarde una lesión, contáctanos.
Te ayudamos a valorar si existe responsabilidad patrimonial y a reclamar lo que te corresponde.
🔗 Más información en: www.luisferrer.abogado