El consumo de alcohol durante una incapacidad temporal por trastorno de ansiedad es incompatible con el tratamiento y puede constituir una transgresión de la buena fe contractual
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El Tribunal Superior de Justicia ha considerado procedente el despido de un trabajador en situación de baja médica por ansiedad que fue sorprendido consumiendo alcohol durante ese periodo de incapacidad temporal. La sentencia recuerda que este comportamiento afecta directamente al proceso de recuperación y puede interferir gravemente con la medicación prescrita, constituyendo una infracción grave del deber de diligencia y buena fe.
La clave: la incompatibilidad con el tratamiento
El trabajador alegaba que, al encontrarse de baja, tenía libertad para gestionar su tiempo como quisiera. Sin embargo, el tribunal ha dejado claro que estar de baja no exime del deber de colaborar con la recuperación y, mucho menos, autoriza conductas que entorpecen o contradicen el tratamiento médico.
En casos de ansiedad o depresión, el tratamiento suele incluir psicofármacos o ansiolíticos que son incompatibles con el consumo de alcohol. Por tanto, beber durante la baja no solo impide la curación, sino que puede agravar la dolencia y prolongar injustificadamente la situación de incapacidad.
Relevancia jurídica
El tribunal analiza esta conducta desde el prisma del despido disciplinario, especialmente por:
- Transgresión de la buena fe contractual (art. 54.2 del Estatuto de los Trabajadores).
- Incumplimiento del deber de recuperación activa, inherente a toda situación de incapacidad temporal.
- Deslealtad hacia la empresa, al alargar artificialmente la baja y mantener un comportamiento contrario al tratamiento.
¿Es lo mismo que estar de baja por una lesión física?
No. La sentencia resalta que el tipo de enfermedad importa. Mientras que en una baja por una lesión física leve (por ejemplo, una fractura) el consumo moderado de alcohol puede no tener consecuencias médicas, en una baja por trastorno mental, el efecto es muy distinto, ya que el alcohol es un depresor del sistema nervioso e interfiere directamente con los medicamentos ansiolíticos.
Conclusión
El despido de un trabajador en baja médica puede ser considerado procedente si su conducta obstaculiza la recuperación y evidencia una falta de diligencia grave, como es el caso del consumo de alcohol durante un tratamiento por ansiedad.
Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que el derecho laboral protege al trabajador, pero también exige responsabilidad y coherencia durante una incapacidad temporal.
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