Análisis de la inactividad de la Administración pública y los medios de reacción que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los interesados

Tan importante es poder recurrir la actuación administrativa como su omisión

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


✅ Introducción

La inactividad administrativa es una forma de actuación por omisión que genera no pocos conflictos en la relación entre los ciudadanos y la Administración pública. A diferencia de los actos administrativos expresos, la ausencia de respuesta por parte del órgano administrativo coloca al interesado en una posición de incertidumbre y vulnerabilidad, dificultando la defensa de sus derechos e intereses.

Frente a esta realidad, el ordenamiento jurídico español ofrece instrumentos jurídicos específicos para reaccionar ante el silencio o la falta de actuación de la Administración, tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa. El objetivo de este artículo es ofrecer un análisis sistemático de esos mecanismos de reacción, orientando a los afectados sobre las pautas legales y jurisprudenciales para combatir la inactividad administrativa.


⚖️ ¿Qué se entiende por inactividad administrativa?

La inactividad de la Administración puede adoptar diversas formas:

  • La ausencia de resolución expresa ante una solicitud del interesado dentro del plazo legal (silencio administrativo).
  • La falta de ejecución de actos firmes, ya sean propios o judiciales.
  • El incumplimiento de deberes legales de actuación (por ejemplo, en materia de prestaciones, licencias, subvenciones o servicios públicos).

Este fenómeno, además de frustrar el principio de buena administración, vulnera los derechos de los administrados, al impedirles acceder a decisiones claras que les permitan recurrir, planificar su actividad o exigir responsabilidades.


📌 El silencio administrativo como manifestación regulada

La figura del silencio administrativo está regulada en los artículos 24 y 25 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. En función de la materia, puede producir efectos positivos o negativos:

  • Silencio positivo (art. 24.1): se entiende estimada la solicitud del interesado si no se resuelve en plazo, salvo excepciones legales.
  • Silencio negativo (art. 24.2): en procedimientos iniciados por el interesado cuya estimación le permita ejercer derechos sobre el dominio público o servicios públicos, entre otros.

📍 En ambos casos, el silencio permite acudir a la vía del recurso administrativo o contencioso, aunque no haya resolución expresa.


🛑 Inactividad material: incumplimiento de obligaciones

Junto al silencio administrativo, se encuentra la llamada inactividad material de la Administración, como:

  • La falta de ejecución de sentencias.
  • El incumplimiento de deberes normativos, como convocar plazas, resolver solicitudes de acceso a información o aplicar beneficios tributarios o sociales.

Para estos supuestos, el ordenamiento jurídico habilita mecanismos específicos como:

  • El recurso contencioso-administrativo por inactividad (art. 29 LJCA).
  • El recurso por vía de ejecución forzosa (arts. 103 y ss. LJCA).
  • La acción de responsabilidad patrimonial, si se acredita un daño antijurídico derivado de la inacción.

📚 Soluciones en la vía jurisdiccional

Cuando la Administración no actúa y agota el plazo legal, el interesado puede acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa incluso sin acto expreso. El artículo 25.1 LJCA permite impugnar la inactividad equiparándola a un acto presunto.

El Tribunal Supremo ha reiterado que la inactividad es impugnable, y que el ciudadano no debe soportar indefinidamente la “no comparecencia” de la Administración (STS de 28 de febrero de 2020, rec. 4209/2018).


📝 Recomendaciones prácticas ante la inactividad

  1. Solicitar resolución expresa cuando se superen los plazos legales.
  2. Utilizar los modelos de certificación de silencio administrativo.
  3. Valorar el recurso contencioso por inactividad cuando existan obligaciones incumplidas.
  4. Considerar la reclamación de responsabilidad si se acredita perjuicio.
  5. Exigir la ejecución de actos firmes o sentencias, con posibilidad de acudir al juzgado en caso de resistencia.

✅ Conclusión

La inactividad de la Administración pública no deja al ciudadano desprotegido, pero requiere actuar con conocimiento técnico y en los plazos legalmente previstos. El ordenamiento ofrece vías eficaces para cuestionar la omisión administrativa, ya sea por medio del silencio presunto, la inactividad material o la ejecución forzosa de obligaciones.

Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos los derechos de los particulares y empresas frente a la pasividad administrativa, ofreciendo soluciones jurídicas adaptadas a cada caso, tanto en vía administrativa como contenciosa.

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