ARTICULO DE OPINION
Introducción
El despido de una trabajadora embarazada y en situación de baja médica es un acto que, en muchas circunstancias, puede ser considerado nulo por vulnerar derechos fundamentales. Recientemente, la cadena de comida rápida Burger King ha sido condenada por despedir a una empleada que, además de estar embarazada, se encontraba en una situación de incapacidad temporal. La sentencia recalca la importancia de la protección de los derechos laborales de las trabajadoras gestantes y el respeto a la legislación vigente en materia de despidos.
En este artículo analizamos el caso, las bases jurídicas que sustentan la condena y las implicaciones para el derecho laboral en España.
Los Hechos del Caso
La trabajadora llevaba años prestando sus servicios para la empresa y contaba con valoraciones positivas sobre su desempeño. Sin embargo, tras comunicar su embarazo y encontrarse en situación de baja médica, Burger King procedió a su despido alegando causas organizativas. La afectada llevó el caso a los tribunales, alegando discriminación por razón de embarazo y vulneración de sus derechos laborales.
El juzgado encargado del caso determinó que el despido no solo era improcedente, sino nulo, al considerar que la empresa había actuado con discriminación y sin justificación objetiva.
Fundamentos Jurídicos del Fallo
1. La Protección del Empleo de las Mujeres Embarazadas
El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 55.5 establece que el despido de una trabajadora embarazada es nulo salvo que la empresa demuestre que la causa del despido no está relacionada con el embarazo. Es decir, la carga de la prueba recae sobre el empleador, quien debe justificar que la decisión fue motivada por razones legítimas y ajenas a la gestación.
Además, el Real Decreto Legislativo 2/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, recoge en su artículo 53 la necesidad de una causa objetiva y debidamente probada para proceder con un despido.
2. Vulneración de Derechos Fundamentales y Discriminación
La Constitución Española protege la igualdad y prohíbe cualquier tipo de discriminación por razón de género o condición social (artículo 14). Asimismo, el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) considera infracción muy grave el despido de trabajadoras por razones discriminatorias, lo que puede derivar en sanciones económicas para la empresa.
En este caso, el tribunal consideró que la empresa había incurrido en una discriminación por razón de género y estado de salud, lo que llevó a la declaración de nulidad del despido.
3. Protección en Situaciones de Incapacidad Temporal
El artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores señala que mientras un trabajador se encuentra en situación de incapacidad temporal, su contrato está suspendido, lo que impide que la empresa pueda alegar causas organizativas para su despido. En consecuencia, el tribunal concluyó que Burger King había vulnerado esta disposición al cesar a la trabajadora en plena baja médica.
Consecuencias de la Sentencia para la Empresa y la Trabajadora
Tras el fallo judicial, Burger King fue condenada a:
- Readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones laborales previas a su despido.
- Pagar los salarios de tramitación, es decir, los salarios que la trabajadora dejó de percibir desde la fecha del despido hasta la reincorporación.
- Indemnización adicional por daños y perjuicios, debido a la vulneración de derechos fundamentales.
Este caso supone un recordatorio importante para las empresas sobre la protección especial que la ley otorga a las trabajadoras embarazadas y en situación de baja médica.
Reflexión Final
El despido de trabajadoras embarazadas y de baja médica sigue siendo una realidad en el ámbito laboral, pese a la normativa vigente que protege sus derechos. La sentencia contra Burger King refuerza la necesidad de que las empresas actúen conforme a la legalidad y respeten los principios de igualdad y no discriminación.
Este caso es un ejemplo claro de que la legislación laboral está diseñada para proteger a los trabajadores en situaciones de especial vulnerabilidad. Para las trabajadoras que enfrenten circunstancias similares, esta sentencia representa un precedente que refuerza su derecho a la estabilidad en el empleo y la no discriminación.
Si te encuentras en una situación parecida, es fundamental contar con asesoramiento legal especializado. En Luis Ferrer Abogado, podemos ayudarte a defender tus derechos y asegurarnos de que recibas la protección que la ley te otorga.
Luis Ferrer. Abogado