Una decisión judicial que recuerda que ni siquiera el despido puede ser una respuesta arbitraria a gestos espontáneos y bienintencionados.
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
En un caso que ha causado revuelo, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha declarado improcedente el despido disciplinario de un trabajador de Carrefour que, con motivo de su cumpleaños, invitó a sus compañeros de trabajo a bollería. Una celebración interna y gestual terminó en conflicto legal por un error en el pago: la empresa deberá readmitir al trabajador o indemnizarlo con 105.716,09 €. Además, se le reconocen 750 € en concepto de honorarios de defensa.
Los hechos
- El empleado, con más de 30 años en la empresa como responsable comercial de bazar y salario mensual de 3.680 € (prorrateo de extras, celebró su cumpleaños el 4 de octubre de 2023 invitando a bollería (68,82 €) a primeras horas y fuera de horario de apertura.
- Al pasar por caja, se cobró únicamente 10,23 € por error en la nota interna. Días después regularizó la diferencia (58,59 €) y pidió que no se sancionara a la cajera, vía correo electrónico.
- Una práctica similar había ocurrido antes sin repercusiones, incluso con ese mismo empleado.
- A pesar de ello, la empresa le despidió disciplinariamente por transgresión de la buena fe contractual.
- El TSXG consideró que no existía dolo ni ánimo defraudatorio, calificando el despido como desproporcionado en relación con los hechos.
Fundamentos jurídicos clave
- Falta de intención fraudulenta
El despido debe sustentarse en una falta grave, no en errores ocasionales o confusiones sin ánimo de lucro. - Contexto y costumbre organizacional
La empresa no puede sancionar comportamientos previamente tolerados y habituales. - Proporcionalidad en la sanción
El despido, como sanción extrema, exige una conducta que justifique su severidad, cosa que no ocurrió en este caso.
Consecuencias prácticas
- A las empresas: Este caso resalta la importancia de aplicar sanciones coherentes con la conducta y el historial laboral. El despido no puede ser una reacción desproporcionada frente a errores sin intención.
- A los trabajadores: Incluso tras decisiones empresariales equivocadas, existe la vía legal para exigir reparación o readmisión mediante demanda de despido improcedente.
- En cultura organizacional: Se hace visible la necesidad de revisar políticas internas para garantizar que la informalidad o la confianza no se sometan arbitrariamente a sanciones extremas.
Conclusión
El despido debe ser la última ratio, nunca una reacción desproporcionada. En este caso, una invitación cordial —y un error humano— no justificaron el término laboral. La justicia laboral impone equilibrio y proporcionalidad.
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