ACTUALIDAD JUDICIAL EUROPA
Joaquina Cortés ha denunciado a España ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por denegarle la pensión de viudedad alegando que su matrimonio, celebrado por el rito gitano en 1974, no estaba regularizado.
Joaquina se casó con José Fernández cuando ella tenía 14 años. Desde entonces convivieron en Baeza (Jaén) y tuvieron cinco hijos que inscribieron en su libro de familia.
Cuando José falleció en 2014, fue a solicitar la pensión de viudedad y la Seguridad Social se la denegó alegando que no se había constituido formalmente como pareja de hecho menos de dos años antes de su muerte, como establece la ley.
Al caso de Joaquina le ha dado la razón el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), pero su demanda ha perdido ante el Tribunal Supremo y el Constitucional, aunque con votos particulares.
El escrito presentado en Estrasburgo se apoya en los argumentos de otra una sentencia de 2009 de este mismo tribunal sobre un caso muy similar de una mujer gallega, María Luisa Muñoz Díaz, La Nena, a quien el TDHE reconoció el derecho a percibir la pensión de viudedad, después de que el estado español se lo denegara al no haber inscrito en el Registro Civil su matrimonio celebrado también por el rito gitano.
Sin embargo, el Tribunal Supremo y el Constitucional alegan que la sentencia de La Nena no puede aplicarse al caso de Joaquina por considerar que en este último no existía “buena fe”, ya que en el libro de familia de Joaquina y José en las distintas inscripciones de sus hijos se hacía mención a su calidad de “solteros” y a que los hijos eran “extramatrimoniales”.
Fuente de la noticia: «www.abogacia.es»