Las subvenciones a comunidades de propietarios no impiden cobrar el Ingreso Mínimo Vital, según el Tribunal Supremo
Introducción El Tribunal Supremo ha zanjado una cuestión importante en el ámbito de la protección social: las subvenciones concedidas a una comunidad de propietarios para realizar obras de conservación o rehabilitación del edificio no deben computarse como ingreso personal a efectos del Ingreso Mínimo Vital (IMV). Esta interpretación refuerza la finalidad asistencial de esta prestación …