No es necesario que la víctima se sienta intimidada para que concurra el delito de amenazas, según el Supremo
ARTICULO DE OPINION En un reciente pronunciamiento, el Tribunal Supremo ha aclarado un aspecto crucial del delito de amenazas: no es necesario que la víctima experimente intimidación para que se considere consumado este delito. Este fallo profundiza en la interpretación de lo que constituye una amenaza en el Código Penal y refuerza la protección ante …