El Supremo aclara los efectos del cambio registral de sexo en los delitos de violencia de género: no puede aplicarse retroactivamente para excluir una condena
La STS 517/2026 establece que una rectificación registral posterior no neutraliza la aplicación del artículo 153.1 del Código Penal cuando los hechos se cometieron antes del cambio y el autor constaba entonces jurídicamente como varón Por Luis Ferrer Abogado ¿Puede una persona condenada por violencia de género evitar la aplicación de este régimen penal si,