CONDENA PENAL FIRME. SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
Aquellas indemnizaciones y el resto de responsabilidades civiles derivadas de una sentencia penal firme no prescriben. Declarada la firmeza de la sentencia, la ejecución de sus pronunciamientos civiles puede continuar hasta la completa satisfacción del acreedor, según previene el artículo 570 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que le sea aplicable ni la prescripción ni la caducidad. …
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