Cazado por el detective: Un carpintero despedido por fabricar marcos en un taller mientras estaba de baja

ARTICULO DE OPINION

En el ámbito laboral, uno de los temas que genera más conflicto es el uso inadecuado de las bajas laborales. Un reciente caso de despido de un carpintero por fabricar marcos mientras estaba de baja ilustra las posibles consecuencias legales y los límites de la protección ofrecida por la incapacidad temporal.

Incapacidad temporal y obligaciones del trabajador

La incapacidad temporal (IT) es una situación que surge cuando un trabajador se encuentra inhabilitado temporalmente para realizar sus tareas habituales debido a una enfermedad o accidente. Durante este período, el trabajador tiene derecho a recibir una prestación económica, pero también debe cumplir con ciertos deberes. Entre ellos, la buena fe contractual que impide al trabajador realizar actividades que perjudiquen su recuperación o que sean incompatibles con su estado de salud.

En este contexto, la jurisprudencia ha dejado claro que realizar actividades que contradigan la justificación médica de la baja puede constituir una infracción grave, susceptible de ser sancionada con el despido disciplinario. En el caso que nos ocupa, el carpintero fue grabado por un detective privado mientras realizaba trabajos en un taller durante su baja.

El uso de detectives y la protección de derechos

El uso de detectives privados por parte de las empresas para investigar presuntas irregularidades en las bajas laborales ha sido avalado por el Tribunal Supremo español. En la sentencia de 22 de abril de 2021, el Alto Tribunal ratificó la validez de este tipo de pruebas siempre que respeten los derechos fundamentales de los trabajadores, como el derecho a la intimidad y a la propia imagen (artículo 18 de la Constitución Española). Las empresas pueden recurrir a esta medida cuando exista una sospecha razonable de que el trabajador está incurriendo en actividades fraudulentas.

En el caso del carpintero, las grabaciones mostraron que se encontraba trabajando en la fabricación de marcos en un taller propio, lo que fue determinante para que la empresa justificara el despido. Este comportamiento se consideró incompatible con la razón médica de la baja, y un juez determinó que la actividad realizada era lo suficientemente grave como para validar el despido disciplinario.

Jurisprudencia y despido disciplinario

El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido disciplinario puede basarse en «transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en el desempeño del trabajo». En este sentido, la jurisprudencia ha sido constante al considerar que cuando un trabajador en situación de baja desempeña actividades que no guardan relación con su estado de salud, pone en riesgo la confianza depositada por el empleador, lo que justifica el despido.

Sin embargo, no todos los casos son claros. Es necesario evaluar si la actividad realizada por el trabajador afecta su recuperación o es incompatible con su estado de baja. Por ejemplo, un trabajador con una baja por problemas de movilidad podría realizar tareas administrativas sin que ello suponga una infracción.

Consecuencias legales y recomendaciones

Este caso sirve como recordatorio de la importancia de actuar con buena fe durante los periodos de baja laboral. El hecho de estar en incapacidad temporal no exime al trabajador de sus obligaciones laborales ni le permite realizar actividades que contradigan las razones médicas de la baja. Las empresas, por su parte, tienen el derecho de investigar cualquier sospecha de fraude, pero deben hacerlo respetando los derechos fundamentales del trabajador.

En caso de despido, el trabajador puede impugnarlo si considera que la medida es injusta, y será el juez quien determine si las pruebas presentadas por la empresa son válidas y si el despido cumple con los requisitos legales.

En conclusión, la detección de fraudes en las bajas laborales sigue siendo un área conflictiva en el derecho laboral español, donde el equilibrio entre los derechos del trabajador y los intereses de la empresa debe ser cuidadosamente mantenido.

Luis Ferrer. Abogado