09:00 - 20:30

Horario atención al público

691 36 66 73 - 968 712 074

Teléfonos de contacto

Lferrer@gestioneslegales.es

Respuesta en menos de 24h

Compañía telefónica pagará 16.000 € a clienta por permitir que terceros contrataran líneas a su nombre

ACTUALIDAD JUDICIAL

La sentencia constata el “periplo judicial, policial y extrajudicial” padecido por la víctima

El Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Alcobendas ha condenado a Xfera Móviles a indemnizar con 16.000 euros a una clienta por permitir que terceros desconocidos contrataran hasta cuatro líneas de teléfono suplantando su identidad.

La sentencia, de 24 de noviembre de 2022, considera que la actuación pasiva y negligente de la compañía ha generado un daño moral consistente en “angustia e impotencia”.

La representación de la afectada formuló una acción de responsabilidad extracontractual peticionando la condena de la empresa de servicios de telecomunicaciones por los daños morales ocasionados por el doloso, grave, reiterado y permanente incumplimiento en el control de la contratación de las líneas telefónicas.

En concreto, según la actora, la operadora incumplió con su obligación de cerciorase sobre la identidad real del contratante, permitiendo, de ese modo, que terceras personas contrataran líneas de teléfono a nombre de la usuaria demandante.

Entonces, como consecuencia de la insuficiente labor de control o comprobación de la demandada y a razón de la situación de “zozobra, ansiedad, angustia e inquietud” sufrida por la usuaria, esta última solicitó una indemnización en la suma de 16.000 euros.

Por su parte, la entidad demandada apuntó en su escrito de contestación que la compañía actuó fielmente de conformidad con la legalidad vigente, exigiendo la exhibición de un documento de identidad y registrando los datos en el libro-registro.

“La existencia del daño moral ha quedado acreditada”. Así comienza la fundamentación jurídica de la sentencia. Terceras personas ajenas al entorno de la demandante suplantaron su identidad contratando hasta cuatro líneas telefónicas en su nombre. Consecuencia de ello, la mujer denunció inmediatamente e inició un procedimiento judicial reflejado en los documentos que acompaña junto al escrito de demanda.

Asimismo, tales suplantaciones de identidad no solo tuvieron consecuencias legales y judiciales para la víctima. De hecho, la Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Alcobendas alerta que “todos estos procedimientos judiciales, reclamaciones extrajudiciales, originaron en la demandante una situación de angustia que tuvo que ser tratada en el Servicio de Salud del País Vasco”. Sin embargo, “nada hizo la demandada para acreditar o solventar la situación”, destaca el reciente fallo.

La Juzgadora constata que, en el caso de autos, existe “numerosa documentación que acreditan los daños sufridos por la demandante, sin obtener reparación alguna”. En palabras de la primera, “en el presente caso, la existencia de un daño moral ha consistido en angustia e impotencia”.

Así pues, el “periplo judicial, policial y extrajudicial” sufrido por la víctima debe ser indemnizado en la cantidad reclamada de 16.000 euros.

Fuente de la noticia: «www.economisjurist.es»