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Condenado a dos años de prisión por poseer y traficar con decenas de animales exóticos y protegidos en su domicilio


Introducción

El tráfico y la tenencia ilegal de especies protegidas o potencialmente peligrosas no es solo un problema medioambiental, sino también penal. Así lo confirma una reciente sentencia que condena a dos años de prisión a un hombre por almacenar en su vivienda una colección de animales exóticos, venenosos y en peligro de extinción, entre ellos tarántulas, pitones, cobras, víboras y caimanes. El acusado se conformó con la pena al aceptar los hechos en el juicio.


Hechos probados

  • El acusado mantenía en su domicilio decenas de animales protegidos y peligrosos, muchos de ellos sin la debida documentación o procedentes de tráfico ilegal.
  • Se trataba de especies exóticas no autorizadas, como reptiles venenosos, arácnidos, ofidios y caimanes, cuya tenencia está restringida por motivos de salud pública, seguridad y conservación.
  • Parte de los animales estaban destinados a su venta y distribución, lo que agravó su responsabilidad penal al tratarse de una actividad lucrativa organizada.
  • La intervención se produjo tras una operación de vigilancia que permitió la incautación de los ejemplares y su traslado a centros especializados.

Calificación jurídica

La conducta fue calificada como:

Delito contra la fauna y flora silvestres (artículo 334 del Código Penal), por poseer y comerciar con especies protegidas sin autorización.
Delito relativo a la protección de animales peligrosos o venenosos, al mantenerlos en condiciones de riesgo para las personas.
✅ Circunstancia agravante por tratarse de actividad organizada con ánimo de lucro.

La pena impuesta fue de dos años de prisión, además de la inhabilitación para ejercer actividades relacionadas con animales y la pérdida de los ejemplares intervenidos.


Reflexión jurídica

Este caso subraya tres elementos clave del derecho penal medioambiental:

  1. La tenencia ilegal de animales protegidos o peligrosos es delito, aunque no se cause un daño directo a personas o al ecosistema.
  2. El tráfico de especies se castiga tanto en su vertiente internacional como doméstica, incluso si se produce desde un domicilio particular.
  3. El Código Penal protege el medioambiente y la biodiversidad como bienes jurídicos autónomos, reconociendo el valor intrínseco de las especies animales.

Además, este tipo de casos pone de relieve la importancia de los controles aduaneros, veterinarios y policiales, así como de la concienciación ciudadana frente a la compra de animales exóticos sin garantías.


Conclusión

El almacenamiento y comercio de animales exóticos protegidos en domicilios particulares constituye una conducta delictiva grave, con consecuencias penales relevantes. En Luis Ferrer Abogado ofrecemos asesoramiento jurídico especializado en delitos medioambientales y tráfico ilegal de especies, tanto en defensa como en acusación particular.

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