Introducción
El tráfico y la tenencia ilegal de especies protegidas o potencialmente peligrosas no es solo un problema medioambiental, sino también penal. Así lo confirma una reciente sentencia que condena a dos años de prisión a un hombre por almacenar en su vivienda una colección de animales exóticos, venenosos y en peligro de extinción, entre ellos tarántulas, pitones, cobras, víboras y caimanes. El acusado se conformó con la pena al aceptar los hechos en el juicio.
Hechos probados
- El acusado mantenía en su domicilio decenas de animales protegidos y peligrosos, muchos de ellos sin la debida documentación o procedentes de tráfico ilegal.
- Se trataba de especies exóticas no autorizadas, como reptiles venenosos, arácnidos, ofidios y caimanes, cuya tenencia está restringida por motivos de salud pública, seguridad y conservación.
- Parte de los animales estaban destinados a su venta y distribución, lo que agravó su responsabilidad penal al tratarse de una actividad lucrativa organizada.
- La intervención se produjo tras una operación de vigilancia que permitió la incautación de los ejemplares y su traslado a centros especializados.
Calificación jurídica
La conducta fue calificada como:
✅ Delito contra la fauna y flora silvestres (artículo 334 del Código Penal), por poseer y comerciar con especies protegidas sin autorización.
✅ Delito relativo a la protección de animales peligrosos o venenosos, al mantenerlos en condiciones de riesgo para las personas.
✅ Circunstancia agravante por tratarse de actividad organizada con ánimo de lucro.
La pena impuesta fue de dos años de prisión, además de la inhabilitación para ejercer actividades relacionadas con animales y la pérdida de los ejemplares intervenidos.
Reflexión jurídica
Este caso subraya tres elementos clave del derecho penal medioambiental:
- La tenencia ilegal de animales protegidos o peligrosos es delito, aunque no se cause un daño directo a personas o al ecosistema.
- El tráfico de especies se castiga tanto en su vertiente internacional como doméstica, incluso si se produce desde un domicilio particular.
- El Código Penal protege el medioambiente y la biodiversidad como bienes jurídicos autónomos, reconociendo el valor intrínseco de las especies animales.
Además, este tipo de casos pone de relieve la importancia de los controles aduaneros, veterinarios y policiales, así como de la concienciación ciudadana frente a la compra de animales exóticos sin garantías.
Conclusión
El almacenamiento y comercio de animales exóticos protegidos en domicilios particulares constituye una conducta delictiva grave, con consecuencias penales relevantes. En Luis Ferrer Abogado ofrecemos asesoramiento jurídico especializado en delitos medioambientales y tráfico ilegal de especies, tanto en defensa como en acusación particular.
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