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Condenado por suplantar la identidad de otro para comprar un iPhone con un préstamo fraudulento

La Audiencia de Bilbao confirma la pena de prisión por estafa y falsedad documental

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción
La Audiencia Provincial de Bilbao ha ratificado la condena impuesta a un hombre por un delito de estafa y falsedad documental, tras suplantar la identidad de otra persona para obtener un préstamo online con el que adquirió un iPhone de alta gama. El acusado, que ya contaba con antecedentes por hechos similares, utilizó un DNI falso para completar la operación a través de internet, generando un perjuicio económico a la entidad financiera y un daño reputacional al titular suplantado.

Este caso refleja los riesgos crecientes de los fraudes digitales basados en la suplantación de identidad, así como la respuesta firme de los tribunales ante este tipo de delitos.

Los Hechos
El condenado accedió a una plataforma de crédito online y, utilizando un documento nacional de identidad manipulado, formalizó una solicitud de préstamo a nombre de un tercero. Una vez aprobado el crédito, utilizó el dinero para comprar un teléfono móvil de alta gama. La víctima de la suplantación se enteró de los hechos tras recibir comunicaciones de impago, lo que motivó la denuncia.

Durante la investigación se acreditó que el acusado había falsificado el DNI y que, además, ya había sido condenado anteriormente por delitos de estafa, lo que agravó su situación procesal.

Fundamento Jurídico
El tribunal le condenó por los delitos de:

  • Falsedad documental (artículo 392 del Código Penal), por la manipulación del DNI que permitió consumar la operación fraudulenta.
  • Estafa agravada (artículos 248 y 250 CP), al obtener un préstamo de forma engañosa y con perjuicio económico evidente para la entidad financiera y para la persona cuya identidad fue suplantada.

La Audiencia de Bilbao ha ratificado la pena de prisión impuesta en primera instancia, atendiendo al carácter reiterado delictivo del acusado y al uso de tecnologías para cometer el fraude, lo que incrementa el reproche penal.

Relevancia Penal y Social
La sentencia refuerza la doctrina jurisprudencial sobre los delitos cometidos mediante plataformas digitales, en los que el uso de identidades ajenas constituye un agravante clave. También subraya la necesidad de que las entidades financieras extremen las medidas de verificación de identidad en los procesos de concesión de créditos online.

Desde una perspectiva penal, la suplantación de identidad no es un hecho menor, especialmente cuando se utiliza como vehículo para defraudar a terceros o cometer actos delictivos adicionales. La reincidencia, como en este caso, agrava la pena y limita la aplicación de beneficios penitenciarios.

Conclusión
El caso resuelto por la Audiencia de Bilbao es un ejemplo de cómo el Derecho Penal actúa con firmeza frente al uso fraudulento de medios tecnológicos y a la suplantación de identidad con fines lucrativos. Desde Luis Ferrer Abogado, advertimos de las consecuencias penales de estas conductas y recordamos que en el entorno digital, los delitos dejan rastro y pueden ser perseguidos con eficacia por los órganos judiciales.

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