El uso indebido de redes sociales y dispositivos corporativos puede justificar el despido disciplinario
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El uso de redes sociales en el ámbito laboral se ha convertido en una fuente recurrente de conflictos entre empresas y trabajadores. La publicación de comentarios ofensivos, la difusión de información confidencial o simplemente el uso excesivo de redes durante la jornada laboral pueden derivar en sanciones e incluso en despidos disciplinarios.
Los tribunales han establecido que el uso indebido de redes sociales y dispositivos corporativos puede justificar el despido cuando:
✔️ Supone una transgresión de la buena fe contractual.
✔️ Afecta la productividad o el rendimiento del trabajador.
✔️ Daña la imagen de la empresa o pone en riesgo información sensible.
Este artículo analiza los criterios legales y jurisprudenciales que determinan cuándo el uso de redes sociales puede llevar a un despido y qué deben tener en cuenta tanto empleadores como trabajadores.
1️⃣ Redes sociales y despido disciplinario: ¿Cuándo procede?
El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores permite el despido disciplinario cuando el empleado incurre en un incumplimiento grave y culpable, incluyendo:
✔️ La transgresión de la buena fe contractual.
✔️ El abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
✔️ La disminución del rendimiento por causas imputables al trabajador.
El mal uso de redes sociales puede encajar en estas causas cuando:
🔹 Se usan en exceso durante la jornada laboral, afectando la productividad.
🔹 Se publican contenidos ofensivos sobre la empresa, compañeros o clientes.
🔹 Se difunde información confidencial o estratégica de la empresa.
📌 Ejemplo: Un tribunal declaró procedente el despido de un trabajador que publicó insultos sobre su empresa y su jefe en Facebook, considerando que la conducta afectaba la reputación de la compañía.
2️⃣ Uso indebido de dispositivos corporativos
El uso de ordenadores, móviles o correos electrónicos de la empresa para fines personales también puede justificar el despido si:
✔️ Se incumplen las normas internas de la empresa.
✔️ Se accede a redes sociales de forma reiterada, afectando el rendimiento.
✔️ Se utiliza el equipo para divulgar información confidencial.
📌 Ejemplo: Un trabajador fue despedido por pasar más del 60% de su jornada navegando en redes sociales con el ordenador de la empresa, algo que fue acreditado mediante un informe informático.
3️⃣ El derecho a la intimidad y los límites de la vigilancia empresarial
Aunque las empresas pueden controlar el uso de dispositivos corporativos, deben respetar el derecho a la intimidad del trabajador (art. 18 de la Constitución Española).
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha señalado que:
✔️ Las empresas pueden supervisar las comunicaciones laborales si han informado previamente a los trabajadores.
✔️ No pueden acceder a conversaciones privadas sin consentimiento expreso.
📌 Conclusión: El empleador debe advertir expresamente que los dispositivos están sujetos a control y definir las normas de uso en un reglamento interno.
4️⃣ Comentarios en redes sociales fuera del horario laboral: ¿Motivo de despido?
El uso de redes fuera del trabajo puede derivar en despido si:
✔️ Daña la imagen de la empresa.
✔️ Afecta la convivencia laboral o supone acoso a compañeros.
✔️ Divulga información sensible o confidencial.
📌 Ejemplo: Un trabajador fue despedido tras grabar y difundir en TikTok vídeos burlándose de clientes en su lugar de trabajo, dañando la reputación de la empresa.
Consecuencias jurídicas del despido por redes sociales
🔹 Si el despido es procedente, el trabajador pierde el derecho a indemnización.
🔹 Si es improcedente, la empresa debe optar entre readmitir al trabajador o indemnizarlo (33 días por año trabajado).
🔹 Si es nulo, el trabajador debe ser readmitido con el pago de los salarios de tramitación (por vulneración de derechos fundamentales).
Conclusión
Las redes sociales pueden convertirse en un riesgo laboral si no se utilizan de manera responsable. Publicaciones ofensivas, pérdida de productividad o filtración de información pueden derivar en un despido disciplinario, siempre que la empresa lo justifique adecuadamente.
Desde Luis Ferrer Abogado, recomendamos a empresas y trabajadores que:
✔️ Establezcan normas claras sobre el uso de redes en el trabajo.
✔️ Eviten publicaciones que puedan afectar su relación laboral.
✔️ Consulten con un abogado antes de impugnar un despido por esta causa.
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