Por Luis Ferrer. Abogado
Introducción
El TJUE ha dictado una sentencia clave sobre la recogida y conservación de datos biométricos y genéticos de personas investigadas por delitos públicos dolosos, que supone un hito en la protección de datos personales frente al poder investigativo. El fallo aclara bajo qué condiciones los Estados miembros pueden autorizar este tratamiento, estableciendo salvaguardas esenciales en torno a la proporcionalidad, la necesidad y los derechos fundamentales.
Fundamentos centrales de la sentencia
- Base jurídica clara y precisa
Las autoridades policiales pueden tratar datos biométricos o genéticos —categorías especialmente protegidas— solo si existe en el Derecho nacional una norma que les permita hacerlo de forma inequívoca y conforme a la Directiva (UE) 2016/680. El TJUE subraya que esa base legal debe cumplir los criterios de claridad, previsibilidad y adecuación. EUR-Lex+1 - La condición “estrictamente necesaria”
El tratamiento de datos sensibles debe limitarse a los casos en que sea absolutamente necesario para alcanzar los fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de delitos. No basta con que la norma lo prevea para todos los investigados sin distinción. Se debe ponderar la gravedad del hecho, la participación del investigado y la existencia de medios menos invasivos. Curia+1 - Control jurisdiccional efectivo y tutela de derechos fundamentales
Cuando la recogida se efectúe incluso mediante autorización forzosa, debe existir control judicial sobre su procedencia, condiciones y límites, y garantizarse el principio de presunción de inocencia y tutela judicial efectiva. Diario La Ley+1 - Conservación y revisión periódica
En cuanto a la conservación de los datos biométricos y genéticos, el TJUE señala que los Estados deben prever plazos o mecanismos de revisión que permitan evaluar la necesidad de mantenerlos. Una norma nacional que los conserve de modo indefinido sin revisión ni supresión es contraria a la Directiva. Curia+1
Aplicación práctica para España y los operadores jurídicos
- Para la administración pública: Cuando se pretenda recoger ADN, huellas dactilares o datos biométricos de investigados, deberá verificarse que exista norma nacional que permita ese tratamiento y que se cumplan todos los requisitos de necesidad, proporcionalidad y control.
- Para los abogados defensores: Es fundamental revisar si la autoridad ha justificado la necesidad del tratamiento de datos sensibles, si se ha planteado control jurisdiccional y si existe una regulación sobre conservación de esos datos que respete los plazos o revisiones. En caso de irregularidad, caben recursos por vulneración de derechos fundamentales.
- Para el investigado: Este fallo refuerza tu derecho a que se evalúen las condiciones del registro de datos biométricos o genéticos y su posterior conservación: puedes instar la revisión, supresión o, en su caso, impugnar actuaciones que no hayan satisfecho los requisitos de la Directiva.
Reflexión jurídica
La sentencia del TJUE representa un equilibrio entre la eficacia en la lucha contra el delito y la protección de los derechos fundamentales, especialmente del derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales. El mero hecho de estar investigado no justifica automáticamente la recogida o almacenamiento indefinido de datos sensibles.
Este pronunciamiento pliega un corsé que obliga a las legislaciones nacionales a dotar de criterios precisos, plazos y controles a las medidas de tratamiento biométrico/genético. Así, la incorporación de estas tecnologías debe estar siempre acompañada de salvaguardas: revisión periódica, supresión o limitación de tratamiento cuando ya no sean necesarias, garantía de derechos del investigado.
Conclusión
El fallo del TJUE deja claro que sí es posible recoger y conservar datos biométricos y genéticos de investigados, pero solo bajo condiciones estrictas: base legal concreta, necesidad demostrada, control judicial y revisión temporal. Desde Luis Ferrer Abogado, recordamos que en procedimientos penales donde existan actuaciones de este tipo, es vital contar con asesoramiento especializado para garantizar que tus derechos no sean vulnerados.
¿Necesita asesoramiento en un caso donde se han recogido o conservado datos biométricos o genéticos?
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