ACTUALIDAD JUDICIAL
La mercantil tendrá que readmitirlo e indemnizarlo con 15.000 euros
Introducción
La protección de los derechos laborales es un pilar fundamental en el ordenamiento jurídico español. En este contexto, una reciente sentencia ha declarado nulo el despido de un trabajador que fue cesado tras publicar en redes sociales las tablas salariales de su empresa. La decisión judicial obliga a la mercantil a readmitir al trabajador y abonarle una indemnización de 15.000 euros en concepto de daños y perjuicios.
Este fallo pone de manifiesto el conflicto entre el derecho a la libertad de expresión del trabajador y la protección de la información empresarial. A continuación, analizamos los detalles del caso, el razonamiento del tribunal y sus implicaciones para futuros litigios en materia laboral.
El caso: despido por divulgar información salarial
El trabajador, empleado en una empresa del sector servicios, publicó en su perfil de redes sociales las tablas salariales de la compañía, exponiendo las diferencias retributivas entre categorías profesionales. Tras la publicación, la empresa alegó que dicha difusión vulneraba la confidencialidad y suponía un acto de deslealtad hacia la compañía, motivo por el cual procedió a su despido disciplinario.
El trabajador, con el respaldo de su sindicato, impugnó el despido argumentando que su actuación tenía un interés legítimo: informar a sus compañeros sobre las desigualdades salariales y promover una mayor transparencia en la negociación colectiva.
El razonamiento del tribunal: primacía de la libertad de expresión
El juzgado de lo social que conoció del caso concluyó que el despido era nulo, basándose en los siguientes fundamentos:
- Libertad de expresión y derecho a la información
- La publicación de las tablas salariales en redes sociales se enmarcaba dentro del ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión, reconocido en el artículo 20 de la Constitución Española.
- La información compartida por el trabajador era veraz y de interés general para el colectivo de empleados.
- Inexistencia de vulneración de confidencialidad
- El tribunal determinó que las tablas salariales no eran información reservada ni confidencial, ya que, en muchas empresas, estos datos forman parte de las negociaciones colectivas y están al alcance de los trabajadores.
- No se acreditó que el trabajador hubiera firmado un acuerdo de confidencialidad que le impidiera divulgar dicha información.
- Represalia empresarial y vulneración de derechos fundamentales
- El despido fue calificado como una represalia contra el trabajador por ejercer su derecho a la libertad de información, lo que suponía una vulneración de derechos fundamentales.
- Conforme al artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores, los despidos que atenten contra derechos fundamentales deben ser declarados nulos.
Consecuencias de la sentencia
Tras la declaración de nulidad del despido, el tribunal impuso a la empresa las siguientes obligaciones:
- Readmisión inmediata del trabajador, con las mismas condiciones laborales previas.
- Abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la reincorporación.
- Indemnización de 15.000 euros por los daños morales sufridos a raíz del despido nulo.
Implicaciones para trabajadores y empresas
Esta sentencia sienta un precedente relevante en la defensa de los derechos laborales y la transparencia en las relaciones de trabajo:
- Para los trabajadores: Reafirma su derecho a denunciar situaciones de desigualdad salarial y a compartir información relevante sin temor a represalias.
- Para las empresas: Destaca la importancia de fundamentar los despidos disciplinarios en causas reales y objetivas, evitando vulneraciones de derechos fundamentales que puedan derivar en nulidad del despido y sanciones económicas.
Conclusión
El caso analizado demuestra que la transparencia en materia salarial no puede ser utilizada como excusa para sancionar a los trabajadores. La jurisprudencia continúa evolucionando para garantizar que los derechos fundamentales de los empleados prevalezcan sobre intereses empresariales que puedan resultar abusivos.
Este fallo representa un paso más en la protección de la libertad de expresión en el ámbito laboral y en la lucha por la equidad salarial dentro de las empresas.
Luis Ferrer. Abogado