Introducción
Un juzgado de primera instancia ha declarado la resolución del contrato de compraventa de un vehículo “kilómetro 0”, obligando al vendedor a devolver el precio abonado por el comprador, tras acreditarse que el coche presentaba numerosas averías desde su adquisición. En apenas dos años, el automóvil acumuló 23 incidencias mecánicas, lo que llevó al tribunal a concluir que el vehículo no era apto para el uso pactado, conforme a lo establecido en el Código Civil y la normativa sobre consumidores.
Hechos acreditados: 23 averías en dos años
El vehículo fue vendido como “kilómetro 0”, es decir, un coche nuevo matriculado por el concesionario pero sin uso previo por parte de particulares. Sin embargo, desde su entrega, comenzó a dar fallos técnicos y mecánicos de forma recurrente, algunos de ellos relacionados con el sistema eléctrico, motor, electrónica del salpicadero y frenos.
A lo largo de dos años, el comprador acudió en múltiples ocasiones al taller autorizado, sin que los problemas quedaran definitivamente resueltos. Ante esta situación, interpuso demanda judicial solicitando la resolución del contrato y la devolución del precio, más intereses.
Fundamentos jurídicos
El juzgado estima la demanda y declara resuelto el contrato con base en los siguientes principios:
✅ Incumplimiento esencial del contrato por parte del vendedor, al entregar un vehículo con vicios ocultos o defectos reiterados.
✅ Infracción del principio de conformidad con el contrato recogido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).
✅ Aplicación del artículo 1124 del Código Civil, que permite resolver las obligaciones recíprocas por incumplimiento de una de las partes.
✅ Reconocimiento del derecho del consumidor a recuperar el precio pagado, dado que el bien entregado no servía para el uso ordinario al que estaba destinado.
El juez descarta que se trate de meros fallos menores, considerando que la acumulación de averías evidencia una falta de fiabilidad que frustra las legítimas expectativas del comprador.
Relevancia práctica de la sentencia
Este pronunciamiento judicial refuerza los derechos del consumidor en la compraventa de vehículos “kilómetro 0”, recordando que:
🔹 No basta con que el coche esté matriculado para considerarlo apto, debe cumplir con los requisitos de calidad, seguridad y funcionalidad esperados.
🔹 El comprador tiene derecho a la reparación, sustitución o resolución del contrato si el bien no es conforme.
🔹 La reiteración de averías puede constituir causa suficiente para resolver el contrato, incluso si se han intentado reparaciones previas.
Conclusión
La sentencia ejemplifica cómo los tribunales protegen al consumidor ante defectos reiterados que afectan a la finalidad esencial del contrato, especialmente en sectores tan sensibles como el de la automoción.
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