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Doce años y medio de prisión por intentar asesinar a su exmarido con chocolate envenenado: el TSJ de Castilla y León confirma la condena


Introducción

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena a 12 años y medio de prisión impuesta a una mujer por intentar asesinar a su exmarido mediante chocolate envenenado. La sentencia reviste especial gravedad no solo por el método empleado, sino porque la acusada utilizó al hijo común como instrumento para hacer llegar el dulce al padre, insistiendo en que lo consumiera.

El tribunal considera acreditada la intención homicida, así como la concurrencia de alevosía, lo que justifica la elevada pena impuesta.


Hechos probados

Según recoge la sentencia:

  • La acusada, tras la ruptura con su exmarido, ideó un plan para acabar con su vida.
  • Preparó chocolate mezclado con una sustancia tóxica con potencial letal.
  • Para hacer llegar el producto, utilizó al hijo de ambos, menor de edad, quien entregó el chocolate al padre.
  • El menor, siguiendo las indicaciones de su madre, insistió reiteradamente en que su padre lo comiera.
  • El exmarido no llegó a ingerir una cantidad suficiente para causar la muerte, lo que impidió la consumación del delito.

Calificación jurídica

El TSJCyL confirma que los hechos constituyen un delito de asesinato en grado de tentativa, conforme a los artículos 139 y 16 del Código Penal, apreciando:

Alevosía, al emplearse un método insidioso que eliminaba cualquier posibilidad de defensa de la víctima.
Intencionalidad clara de causar la muerte, acreditada por la preparación del veneno y el plan para su ingesta.
Especial reproche por instrumentalizar a un menor para ejecutar el plan criminal.

La pena impuesta es de 12 años y 6 meses de prisión, dentro del marco legal previsto para este tipo delictivo.


El uso de medios insidiosos y la alevosía

El tribunal subraya que el empleo de veneno u otros medios ocultos constituye una forma clásica de alevosía, ya que:

  • La víctima no puede percibir el peligro.
  • No existe posibilidad real de defensa.
  • El autor asegura el resultado sin riesgo para sí.

Además, el hecho de valerse de un hijo menor agrava el reproche ético y jurídico de la conducta, aunque no se haya aplicado una agravante específica adicional.


Reflexión jurídica

Este caso evidencia cómo el delito de asesinato no exige violencia directa o armas tradicionales. El uso de veneno y engaño puede ser igualmente constitutivo de asesinato, incluso en grado de tentativa. Asimismo, pone de relieve la especial protección que el ordenamiento jurídico otorga tanto a la vida humana como a los menores, evitando su utilización en conflictos entre adultos.


Conclusión

El TSJ de Castilla y León ha confirmado una condena de 12 años y medio de prisión por el intento de asesinato de un exmarido mediante chocolate envenenado, utilizando al hijo común como intermediario. Una sentencia firme que refuerza la respuesta penal frente a conductas extremadamente graves, ejecutadas con planificación, engaño y desprecio absoluto por las consecuencias familiares y humanas.

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