Dos abogados reconocen haber estafado a sus clientes exigiéndoles dinero para ‘comprar’ al fiscal

Los acusados han aceptado una condena de conformidad de 11 meses de prisión cada uno y multa de 3.300 euros, así como multa de 2.700 euros por un delito continuado de calumnia

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción
La confianza entre el cliente y su abogado constituye uno de los pilares fundamentales del ejercicio de la abogacía. Sin embargo, esa confianza fue gravemente traicionada en un caso reciente en el que dos letrados han reconocido haber estafado a sus propios clientes, simulando una supuesta necesidad de pagar al fiscal del caso para obtener un resultado favorable en el proceso.

La gravedad de los hechos y la aceptación de la condena mediante conformidad subrayan el carácter especialmente reprobable de esta conducta, que no solo afecta a los afectados directos, sino que también daña la imagen del conjunto de la profesión jurídica.

Los Hechos
Según el relato de hechos aceptado por los acusados, los abogados exigieron diversas cantidades de dinero a sus clientes con el pretexto de que dichos fondos eran necesarios para «comprar» al fiscal encargado del procedimiento penal en el que estaban involucrados. Esta estrategia fraudulenta no solo supuso un engaño económico continuado, sino también una calumnia directa al fiscal, al atribuirle falsamente una conducta delictiva.

Ambos abogados fueron procesados y han aceptado, en el marco de un acuerdo con el Ministerio Fiscal, una pena de 11 meses de prisión cada uno, así como una multa de 3.300 euros por delito de estafa. Adicionalmente, deberán abonar 2.700 euros por un delito continuado de calumnias contra funcionario público.

Fundamento Jurídico
El Código Penal castiga el delito de estafa en su artículo 248 y siguientes, y considera agravante la condición de profesional cuando se abusa de la relación de confianza inherente al ejercicio. A su vez, el artículo 205 tipifica como delito de calumnia la imputación falsa de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.

En este caso, la gravedad de las calumnias no solo radica en su falsedad, sino en su potencial de socavar la credibilidad y rectitud de la función pública del Ministerio Fiscal.

La conformidad alcanzada entre las partes ha permitido una reducción de la pena, pero ello no elimina el reproche penal ni la pérdida de la confianza social hacia los condenados, quienes además podrían enfrentarse a procedimientos deontológicos y sanciones colegiales.

Repercusiones Profesionales y Sociales
Más allá de las consecuencias penales, este caso pone en tela de juicio la ética profesional de quienes deben ser garantes del Derecho y protectores de los derechos de sus clientes. La conducta de los letrados infringe de forma flagrante el Código Deontológico de la Abogacía Española y puede acarrear su expulsión del Colegio correspondiente.

Desde el punto de vista institucional, estos hechos exigen una respuesta clara por parte de las autoridades colegiales y judiciales para reafirmar los valores de integridad y lealtad que deben regir el ejercicio de la abogacía.

Conclusión
La condena a estos dos abogados por estafar a sus clientes y calumniar al fiscal del caso constituye un acto de justicia frente a una conducta que traiciona la esencia de la profesión jurídica. Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos firmemente la transparencia, honestidad y responsabilidad profesional como fundamentos inquebrantables de la abogacía y reiteramos nuestro compromiso con una justicia limpia y digna.

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