El Tribunal otorga el amparo por la falta de diligencia en esclarecer la muerte, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo interpuesto por los familiares de un hombre fallecido en circunstancias dudosas, tras constatar que la actuación policial y judicial fue insuficiente para esclarecer lo ocurrido. La sentencia declara vulnerado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE) por parte de los órganos judiciales, que inadmitieron la investigación pese a las irregularidades denunciadas.
Este pronunciamiento recuerda que las autoridades tienen el deber de investigar exhaustivamente las muertes potencialmente violentas o sospechosas, en especial cuando pueden existir indicios de intervención de terceros.
Los hechos
El caso se refiere a la muerte de un hombre cuyo cuerpo fue hallado en un contexto que su familia consideraba anómalo y potencialmente delictivo. La Policía archivó el asunto rápidamente, y el juzgado de instrucción rechazó incoar diligencias previas, al considerar que no existían indicios de criminalidad suficientes.
Sin embargo, los familiares insistieron en que no se había practicado una investigación mínimamente diligente: no se tomaron declaraciones clave, no se recogieron pruebas forenses complementarias y se desestimaron elementos que apuntaban a posibles causas no accidentales.
El razonamiento del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional estima el recurso de amparo y concluye que la falta de una investigación real y efectiva sobre la muerte vulnera el derecho de los familiares a obtener una tutela judicial adecuada y proporcional a la gravedad del caso.
En particular, recuerda que:
- El derecho a la tutela judicial incluye la obligación del Estado de investigar muertes con apariencia irregular, especialmente cuando hay familiares que lo solicitan fundadamente.
- La inadmisión sistemática de diligencias sin motivación suficiente es contraria al principio de acceso a la justicia y a la efectividad del proceso.
- El archivo prematuro, sin realizar las actuaciones mínimas para descartar una posible intervención delictiva, equivale a una denegación de justicia.
Estándares europeos: obligación positiva de investigar
Este fallo se alinea con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha declarado en numerosas ocasiones (p. ej., casos McCann, Kaya o Anguelova) que los Estados tienen una obligación positiva de investigar eficazmente muertes violentas o sospechosas, como parte del derecho a la vida protegido por el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH).
No se exige que se llegue a una condena, pero sí una investigación seria, independiente y razonablemente exhaustiva, lo que no ocurrió en el presente caso.
Conclusión
El Tribunal Constitucional recuerda que la pasividad de las autoridades ante una muerte potencialmente sospechosa no solo es reprochable desde el punto de vista de la legalidad ordinaria, sino que constituye una vulneración de derechos fundamentales. Desde Luis Ferrer Abogado, defendemos que toda familia tiene derecho a la verdad y a una investigación adecuada cuando fallece un ser querido en circunstancias dudosas.
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