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El desistimiento en la tentativa de homicidio: ¿puede un agresor evitar la pena si se arrepiente a tiempo?

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado

Introducción

En una reciente sentencia, el Tribunal Supremo ha abordado una cuestión penal de gran trascendencia: la aplicación del desistimiento en una tentativa de homicidio en el ámbito de la violencia de género. El caso, protagonizado por un concejal que intentó matar a su esposa y luego activamente evitó la consumación del delito, reabre responsabilidad penal. Esta figura jurídica, regulada en el artículo 16.2 del Código Penal, plantea interrogantes éticos y jurídicos sobre cuándo puede considerarse válida y efectiva una conducta de retroceso en el crimen.

Los Hechos del Caso

El agresor, concejal de un ayuntamiento, agredió brutalmente a su esposa, lanzándola por un balcón tras golpearla en múltiples ocasiones. La víctima cayó de forma violenta y quedó inmóvil, en estado cercano a la muerte. Sin embargo, en lugar de consumar el homicidio, el autor decidió actuar: colocó a su esposa en posición de seguridad, detuvo las hemorragias con toallas, le puso un cojín bajo la cabeza, llamó al servicio de emergencias y solicitó ayuda a terceros.

Este comportamiento, según el Tribunal Supremo en su Sentencia 605/2025, fue suficiente para considerar que el acusado había realizado un desistimiento eficaz, libre y voluntario, impidiendo activamente la producción del resultado mortal.

Requisitos del Desistimiento en Tentativa de Delito

El artículo 16.2 CP establece que quien evite voluntariamente la consumación del delito quedará exento de responsabilidad por el delito intentado, aunque no por otros delitos derivados de los actos ya ejecutados. Para que sea jurídicamente válido, el desistimiento debe cumplir varios requisitos:

  1. Voluntariedad: La interrupción de la conducta delictiva debe nacer de la voluntad del autor, no por factores externos o inevitables.
  2. Eficacia: Debe evitarse efectivamente el resultado (en este caso, la muerte).
  3. Completo: El autor debe desplegar todos los medios necesarios para impedir la consumación.
  4. Autenticidad: No se exige la confesión, pero sí una actuación sincera y coherente con la intención de evitar el delito.

Debate Jurídico y Objeciones

La víctima alegó que el desistimiento no debía ser aplicado, porque el agresor no había confesado plenamente ni aportado todos los detalles sobre lo ocurrido. También argumentó que, al haber realizado todos los actos necesarios para matar, el círculo delictivo ya se había cerrado.

El Supremo, sin embargo, respondió que lo relevante no es una confesión total, sino que la conducta del desistimiento haya sido efectiva y completa. Además, sostuvo que el resultado todavía no se había producido, por lo que el autor aún tenía capacidad de evitarlo mediante una actuación activa y eficaz, lo que efectivamente hizo.

Conclusión

La figura del desistimiento en tentativa de homicidio genera controversia, especialmente cuando se produce en contextos de violencia de género. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha dejado claro que si un autor, tras ejecutar todos los actos idóneos para causar la muerte, logra impedirla voluntariamente y de forma eficaz, puede quedar exento de responsabilidad penal por ese delito concreto. No obstante, esto no borra otros delitos cometidos, como lesiones o maltrato habitual, que seguirán siendo sancionados.

Desde Luis Ferrer Abogado, consideramos esencial que estos casos sean tratados con extrema sensibilidad jurídica, garantizando que la figura del desistimiento no se convierta en un refugio para conductas gravemente lesivas, pero que también se respete su naturaleza como instrumento de política criminal que premia el arrepentimiento genuino y efectivo.

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