Introducción
El reconocimiento del COVID-19 como accidente laboral en profesionales sanitarios da un paso firme con la sentencia que condena al Hospital La Paz a pagar 176.000 euros por el fallecimiento de un médico tras contagiarse durante el desempeño de su labor asistencial. El fallo considera acreditado el nexo causal entre la prestación de servicios sanitarios y el contagio que derivó en su muerte, lo que activa la responsabilidad del empleador y la cobertura de los riesgos profesionales.
El caso
El médico fallecido trabajaba en el Hospital Universitario La Paz durante los primeros meses de la pandemia de COVID-19, en un momento especialmente crítico y de máxima exposición al virus por parte del personal sanitario. El profesional contrajo la enfermedad, fue hospitalizado, y acabó falleciendo a consecuencia de complicaciones derivadas del coronavirus.
La familia del médico reclamó que la muerte fuera reconocida como accidente de trabajo, no como una contingencia común, y exigió las prestaciones e indemnizaciones correspondientes.
Reconocimiento del COVID como contingencia profesional
La sentencia estima la demanda de los familiares y califica el fallecimiento como accidente de trabajo, con base en los siguientes elementos:
✅ El contagio se produjo durante el ejercicio de su actividad profesional en un centro sanitario.
✅ El momento del contagio coincidía con la primera ola del virus, con gran déficit de equipos de protección.
✅ El riesgo biológico es inherente a la actividad sanitaria, especialmente en situaciones de pandemia.
✅ No consta que el profesional tuviera una fuente externa de contagio ajena al entorno laboral.
Consecuencias jurídicas y económicas
Al declararse el fallecimiento como accidente laboral:
🔹 El empleador (Hospital La Paz) debe abonar una indemnización de 176.000 euros a la familia.
🔹 Se activa el derecho a prestaciones por muerte y supervivencia, como pensión de viudedad u orfandad.
🔹 Se refuerza el criterio de que los contagios por COVID en personal sanitario deben presumirse laborales, salvo prueba en contrario.
Esta sentencia se alinea con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 3/2021, que amplió la protección para los sanitarios afectados por el COVID, y con la jurisprudencia social que ha ido reconociendo el carácter profesional del contagio en muchos casos.
Importancia práctica
Este caso marca un precedente relevante para:
✔️ Familiares de profesionales sanitarios fallecidos por COVID que aún no hayan reclamado su derecho.
✔️ Empleados del sector salud que sufrieron secuelas tras contagiarse durante el trabajo.
✔️ Centros sanitarios públicos y privados, que deben extremar las medidas de prevención y asumir su responsabilidad en caso de contagio laboral.
Conclusión
La justicia reafirma que el fallecimiento por COVID-19 de un sanitario es un accidente laboral con pleno derecho a indemnización, reforzando la protección de quienes se expusieron en primera línea para salvar vidas durante la pandemia. Este tipo de resoluciones no solo reconocen derechos, sino que dignifican la memoria de los profesionales que dieron su vida por los demás.
Desde Luis Ferrer Abogado, asesoramos en la reclamación de indemnizaciones por accidente laboral y en la defensa de los derechos del personal sanitario.
Si eres familiar de un profesional sanitario fallecido por COVID o sufriste secuelas derivadas del trabajo durante la pandemia, podemos ayudarte.
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