ACTUALIDAD TRIBUNAL SUPREMO
El alto tribunal revoca la decisión de la Audiencia de Valencia porque el acusado llamó a la madre para asegurarse de que la joven no iba a estar en casa y ella, aprovechando la visita, le pidió que le arreglara la persiana
La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre que fue condenado a cuatro meses de cárcel por quebrantar la orden de alejamiento. El acusado llamó a la madre de su expareja para poder ir a su antigua casa cuando ella no estuviera y recoger sus cosas. Y así lo hizo. La madre aprovechó incluso la visita para que él arreglara una persiana.
La Audiencia de Valencia le condenó porque burló la prohibición de no acercarse a menos de 300 metros de la víctima o de su domicilio, pero el alto tribunal le absuelve porque «creía “que esa prohibición de aproximación al domicilio se refería a cuando ella estuviera en el interior». Dice la sala que el joven «telefoneó primero a la madre para cerciorarse de que ella no estaría, acudiendo después a la vivienda, en la que, al parecer, incluso se entretuvo en reparar una persiana a requerimiento de la madre».
La sentencia, ponencia de Leopoldo Puente, pone ejemplos en los que se llegaría a una solución similar con otro tipo delitos. Si alguien se lleva un abrigo por error creyendo que es el suyo, no comete robo, como tampoco comete delito el que se acuesta con una menor de 16 años, convencido de que es mayor. Un ejemplo con más fortuna que el otro.
Fuente de la noticia: «www.cadenaser.com»