09:00 - 20:30

Horario atención al público

691 36 66 73 - 968 20 83 45

Teléfonos de contacto

Lferrer@gestioneslegales.es

Respuesta en menos de 24h

El Supremo avala el uso de mensajes de EncroChat como prueba: condena firme a ocho narcotraficantes internacionales

El Alto Tribunal confirma las penas a miembros de una red de tráfico de drogas con base en comunicaciones interceptadas por autoridades francesas en el sistema EncroChat

Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado


Introducción

El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas impuestas a ocho miembros de una organización criminal internacional dedicada al tráfico de drogas, tras una investigación basada en comunicaciones intervenidas a través del sistema EncroChat.

La sentencia refuerza la validez jurídica de este tipo de pruebas tecnológicas obtenidas por autoridades de otros Estados miembros de la UE y compartidas en el marco de la cooperación judicial europea. Se consolida así un criterio de gran relevancia en la lucha contra el crimen organizado transnacional.


¿Qué es EncroChat?

EncroChat era un sistema de comunicación cifrada, utilizado principalmente por redes criminales, que ofrecía terminales encriptados para garantizar la anonimidad de sus usuarios. Fue desmantelado por una operación conjunta de autoridades francesas, holandesas y europeas en 2020.

La información obtenida —tras la infiltración del sistema y la captura masiva de mensajes— fue compartida con diversas fiscalías europeas, incluida la española.


El caso: narcotráfico internacional y prueba electrónica

En el procedimiento enjuiciado, los acusados formaban parte de una estructura transnacional dedicada a la importación y distribución de sustancias estupefacientes a gran escala. Las pruebas clave para su condena fueron:

  • Mensajes interceptados en EncroChat, donde se detallaban operaciones, rutas, cantidades y precios.
  • Cooperación internacional judicial amparada por instrumentos como la Decisión Marco 2006/960/JAI y convenios de asistencia mutua penal.
  • Pruebas corroboradas con intervenciones telefónicas y vigilancias físicas dentro del territorio español.

La defensa: impugnación de la prueba tecnológica

La defensa de los acusados alegó:

  • Vulneración del derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.
  • Falta de control jurisdiccional directo en España sobre las pruebas.
  • Carencia de cadena de custodia válida.

Sin embargo, el Supremo rechaza estos argumentos y afirma que:

✅ La obtención de las pruebas por las autoridades francesas fue legal, autorizada judicialmente y compartida conforme a los cauces de cooperación internacional.
✅ La jurisprudencia europea avala la utilización de pruebas digitales obtenidas en otro Estado miembro cuando se garantizan los derechos fundamentales.
✅ Los datos intervenidos fueron corroborados con otras pruebas válidas en España, cumpliendo el principio de contradicción y defensa.


Claves jurídicas del fallo

  1. Validez de las pruebas digitales transnacionales: el Supremo insiste en que los Estados miembros pueden utilizar pruebas obtenidas legalmente en otros países si han sido compartidas conforme a los mecanismos de cooperación judicial.
  2. Lucha contra el crimen organizado: la sentencia subraya la complejidad de las redes de narcotráfico y la necesidad de adaptar los instrumentos probatorios al contexto tecnológico actual.
  3. El derecho a un proceso con garantías se respeta cuando el acusado puede impugnar las pruebas y se contrastan con otros indicios.

Conclusión

Esta resolución del Tribunal Supremo marca un hito en la admisión de pruebas tecnológicas obtenidas en el extranjero, consolidando su validez siempre que respeten las garantías mínimas del proceso penal. En la era digital y de la criminalidad transnacional, el uso de sistemas cifrados no impide la persecución penal cuando la cooperación internacional se activa correctamente.

En Luis Ferrer Abogado, somos especialistas en derecho penal tecnológico, defensa en delitos de crimen organizado y revisión de la validez de pruebas digitales o transfronterizas. Si has sido acusado con base en pruebas tecnológicas o deseas impugnar su origen o tratamiento, podemos ayudarte.

¿Te enfrentas a un procedimiento con pruebas electrónicas de origen internacional?

Consulta tu caso en www.luisferrer.abogado