El alto tribunal insiste en que falsear datos para obtener ayudas públicas constituye un delito grave que atenta contra los intereses financieros del Estado
Por Luis Ferrer Abogado – www.luisferrer.abogado
Introducción
El Tribunal Supremo, en su Sentencia 763/2025, de 16 de junio, ha confirmado la condena a un empresario por un delito de fraude de subvenciones al haber aportado datos falsos y manipulado documentos para obtener ayudas públicas destinadas a la contratación de trabajadores. El fallo subraya que este tipo de fraudes no solo perjudican económicamente a la Administración, sino que minan la confianza en el sistema de ayudas.
Los Hechos
El condenado solicitó diversas subvenciones para fomentar el empleo, declarando contrataciones y condiciones laborales que no se correspondían con la realidad. La investigación probó que varios de los supuestos trabajadores no prestaban servicios efectivos o lo hacían en condiciones distintas a las declaradas, incumpliendo los requisitos esenciales para la concesión de la ayuda.
Estas irregularidades permitieron al empresario acceder y conservar importes significativos de fondos públicos, que de otro modo no habría obtenido.
Procedimiento Judicial
La Audiencia Provincial lo condenó a tres años de prisión, multa e inhabilitación para recibir subvenciones y ayudas públicas, además de la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente.
El empresario recurrió en casación alegando defectos en la valoración de la prueba y negando la existencia de dolo, sosteniendo que se trató de errores administrativos sin intención fraudulenta.
Fundamentos del Tribunal Supremo
El Alto Tribunal rechaza los argumentos de la defensa, señalando que:
- Los datos falsos fueron aportados de forma deliberada y reiterada.
- El acusado conocía los requisitos de las subvenciones y, aun así, presentó documentación manipulada.
- El dolo se acredita por la reiteración del fraude y la ocultación de la verdadera situación laboral.
Importancia de la Sentencia
La STS 763/2025 refuerza la idea de que los delitos de fraude de subvenciones son especialmente graves porque afectan a recursos públicos destinados a fines sociales. El fallo envía un mensaje claro: falsear información para obtener ayudas no es un mero incumplimiento administrativo, sino un delito con consecuencias penales severas.
Conclusión
Este pronunciamiento del Tribunal Supremo es un recordatorio para empresas y particulares de que las subvenciones públicas conllevan no solo beneficios, sino también obligaciones y controles estrictos. En Luis Ferrer Abogado insistimos en que la transparencia y el cumplimiento riguroso de los requisitos legales son esenciales para evitar responsabilidades penales.
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