Introducción
La Sala Segunda del Tribunal Supremo, en su Sentencia 1000/2025, de 9 de diciembre, ha confirmado la condena por un delito de asesinato en grado de tentativa, tras un violento apuñalamiento en plena vía pública. El acusado fue sorprendido cuando apuñalaba en el cuello y el tórax a otro hombre en un portal, tras haber atacado previamente a una segunda víctima. El fallo descarta que se tratara de simples lesiones, por la evidente intención homicida y la peligrosidad del ataque.
Hechos probados
- Los hechos ocurrieron en la calle, donde el acusado atacó a dos personas con un cuchillo, causando heridas de especial gravedad.
- A una de las víctimas le clavó el arma en el cuello y en el tórax, zonas anatómicas vitales, en un contexto que revelaba una clara intención de matar.
- La acción fue interrumpida por una testigo, lo que impidió un desenlace fatal.
- Se recuperó el cuchillo, y las pruebas forenses confirmaron la gravedad de las lesiones y su potencial letalidad.
Argumentación del Tribunal Supremo
El Alto Tribunal confirma la calificación de los hechos como asesinato en grado de tentativa, al concurrir:
✅ Dolo de matar, acreditado por el lugar del cuerpo al que se dirigieron las puñaladas y la violencia del ataque.
✅ Alevosía, al tratarse de una agresión súbita y sorpresiva que eliminó toda posibilidad de defensa por parte de la víctima.
✅ Grado de tentativa, ya que no se produjo la muerte por causas ajenas a la voluntad del acusado (la intervención de un tercero).
Además, rechaza que existiera un arrebato o alteración psíquica suficiente para rebajar la responsabilidad penal.
Distinción entre lesiones y tentativa de asesinato
El Supremo reitera que la zona del cuerpo atacada y el uso de un arma blanca con resultado potencialmente mortal son indicios claros del ánimo de matar, y no de causar lesiones. En este caso, el ataque al cuello y al tórax no permite una interpretación atenuada ni reduce la calificación penal.
Pena confirmada
El acusado fue condenado a:
- 10 años y 6 meses de prisión por tentativa de asesinato.
- 5 años de prisión por lesiones graves a la segunda víctima.
- Prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas.
- Responsabilidad civil por los daños causados.
El Supremo confirma íntegramente esta condena, al considerar que se ajusta a Derecho y que los hechos no permiten una rebaja.
Conclusión
La Sentencia 1000/2025 del Tribunal Supremo refuerza el criterio de que las puñaladas dirigidas a zonas vitales en un contexto de ataque súbito y violento deben calificarse como tentativa de asesinato, y no como meras lesiones. El fallo consolida la protección penal frente a delitos de extrema gravedad, en los que el resultado no se consuma por causas ajenas al agresor.
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